2002 |
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Resolución 1618 de 2002 Secretaría Distrital de Hacienda
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Señala plazo para que los agentes retenedores por pagos con tarjetas débito y crédito, efectúen los ajustes necesarios a los sistemas operativos, para que el mecanismo de retención por estos pagos empiece a operar a partir del 1º de enero de 2003. Art. 1. Vigencia. Art. 2. |
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2020 |
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Resolución 215 de 2020 Secretaría Distrital de Hacienda
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Establece que los agentes de retención del impuesto de industria y comercio, deberán cumplir la obligación de declarar a través de las herramientas virtuales en la página de internet de la entidad www.shd.gov.co, y pagar por todos los medios virtuales o presenciales en las entidades bancarias autorizadas para el efecto los periodos 2 y 3 (marzo- abril, mayo-junio) de la vigencia 2020, el 17 de julio de 2020. |
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