Documentos para IMPUESTOS DISTRITALES :: Intereses de Mora
Año   Documento   Restrictor  
1974   Acuerdo 10 de 1974 Concejo de Bogotá, D.C.  

Artículo 46 Acuerdo 10 de 1974 Interés moratorio en el pago del impuesto de industria y comercio
 

 
1991   Acuerdo 10 de 1991 Concejo de Bogotá, D.C.  

Acuerdo 10 de 1991 Se establece el procedimiento para el pago extemporáneo de los intereses moratorios en materia tributaria
 

 
1994   Decreto 679 de 1994 Nivel Nacional  

Decreto Nacional 679 de 1994 Se dictan normas sobre su determinación
 

 
2012   Resolución 3801 de 2012 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU  

Por la cual se fijan políticas de recaudo y formas de pago para la Fase II de la Contribución de Valorización establecida en el Acuerdo 180 de 2005. Establece políticas de recaudo con el objeto de facilitar a la Administración y a los Contribuyentes la unificación de criterios y medidas tendientes a encontrar acciones aplicables en las etapas del proceso de asignación y recaudo derivadas de esta contribución de valorización por beneficio local. Del mismo moda señala el procedimiento para llevar a cabo el cobro, establece el contenido de la cuenta y las opciones para realizar el pago, las cuales podrán ser de contado, parciales, por cuotas o por cruce de cuentas. Por último señala aspectos relativos al cobro de intereses de financiación y de Mora y el procedimiento para realizar reclamaciones.
 

 
2016   Fallo 00376 de 2016 Consejo de Estado  

El artículo 134 del Decreto 807 de 1993 dispone que el pago extemporáneo de los impuestos y retenciones causa intereses moratorios en la forma prevista en el artículo 66 del mismo decreto, que establece que los intereses de mora y la tasa de interés moratoria en el pago de los impuestos distritales se rigen por lo previsto en los artículos 634, 634-1 y 635 del Estatuto Tributario Nacional  . En concordancia con el artículo 634 inciso 2 del E.T., la norma distrital prevé que los intereses de mora se liquidan a la tasa de interés vigente al momento del respectivo pago, calculada de acuerdo con el artículo 635 del mismo estatuto.
 

 
2017   Resolución 207 de 2017 Secretaría Distrital de Hacienda  

Derogar el artículo 47 de la Resolución SDH-000429 del 23 de noviembre de 2016, y en su lugar, aplicar el parágrafo 1º. del artículo 634 del Estatuto Tributario Nacional, de conformidad con lo previsto en el artículo 278 de la Ley 1819 de 2016, relacionado con la asignación de intereses moratorios cuando la entidad autorizada para recaudar impuestos distritales no efectúe la consignación del recaudo dentro de los términos establecidos para tal fin, o cuando la información remitida no coincida con el valor real que figure en los formularios y recibos de pago.
 

 

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