Documentos para IMPUESTOS :: Declaración Electrónica
Año   Documento   Restrictor  
2012   Concepto 44710 de 2012 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  

¿¿de conformidad con el artículo 579-2 del Estatuto Tributario al darse una situación de fuerza mayor que le impidió a los contribuyentes presentar oportunamente sus declaraciones por el sistema electrónico, no se aplicará la sanción por extemporaneidad establecida en el artículo 641 del mismo Estatuto, siempre y cuando la declaración manual se presente como se prevé en la Resolución citada a mas tardar al día siguiente del vencimiento para declarar¿. ¿En relación con el pago de los valores determinados en las declaraciones tributarias en las circunstancias procedentes debe resalta5rse que si bien es cierto el término para pagar está previsto en el respectivo Decreto que fija los plazos, las causales de fuerza mayor o caso fortuito que se hayan dado en las fechas en que se originó su omisión, deben ser probadas ante la Administración Tributaria en los términos de la sentencia C - 231 de 2003".
 

 
2022   Resolución DDI-00 de 2022 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Impuestos  

Define las Declaraciones y pagos virtuales como aquellos que se diligencian y efectúan a través de la página de internet de la Secretaría Distrital de Hacienda o de las aplicaciones móviles que se dispongan para este fin. Así mismo, indica que hay declaraciones y pagos mixtos, en los que la declaración y/o corrección se presenta virtualmente pero el pago se realiza de forma presencial a través de las diferentes entidades bancarias autorizadas para este fin. Así mismo, las entidades públicas tanto nacionales, como departamentales y distritales deberán cumplir con el deber formal de declarar, y con la obligación sustancial de pago mediante el uso del mecanismo electrónico de declaración y pago dispuesto por la SHD.
 

 

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