Documentos para INMUEBLES :: Declaratoria de Interés Público
Año   Documento   Restrictor  
2006   Concepto 30 de 2006 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

... por motivo de utilidad pública o interés social solo se podrán adquirir predios, para destinarlos a unos fines o actividades que están expresamente establecidos en la ley (Arts. 58 y 63 de la Ley 388 de 1997), y la adquisición esté conforme con los objetivos y usos del suelo establecidos en el Plan de Ordenamiento Territorial, así como con los objetivos, programas y proyectos del Plan de Desarrollo correspondiente. Salvo que se trate de una situación excepcional, y la adquisición sea necesaria para conjurar una emergencia imprevista, en cuyo caso la ley autoriza la declaración de urgencia para adquirir el predio mediante el trámite de expropiación administrativa. La expropiación de un predio por vía administrativa, solo procederá cuando su destinación sea para alguno de los fines previstos expresamente en la ley (Art. 63 Ley 388 de 1997), previa declaratoria de urgencia cuyas causales también están expresamente delimitadas en la Ley... ... lo que se declara es la existencia de condiciones de utilidad pública o interés social para la "adquisición" del inmueble y no que el inmueble tenga esas calidades, pues la utilidad pública o interés social se constituye sobre la necesidad del Estado de acceder a la propiedad de un inmueble que requiere para unos fines específicos, pudiéndolo expropiar si no hay enajenación voluntaria. De tal manera que lo que califica si la adquisición es por "utilidad pública" o por "interés social" es el fin para el cual se necesita el predio..
 

 
2015   Resolución 268 de 2015 Secretaría Distrital del Hábitat  

Establece las condiciones para articular la gestión de los predios de las declaratorias de desarrollo y construcción prioritaria, sujetas a venta forzosa en pública subasta, a los demás instrumentos o mecanismos contemplados en el Plan de Ordenamiento Territorial y en el Acuerdo 489 de 2012, dirigidos a incentivar la oferta de suelo para la construcción de vivienda de interés prioritario, particularmente los proyectos de actuación asociada y cualquiera de las modalidades de concertación a los que se hace referencia en los considerandos en esta resolución.
 

 
2019   Decreto 849 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Declara la existencia de condiciones de urgencia por motivos de utilidad pública e interés social para la adquisición del predio localizado en la AC 57R SUR No. 72F-50 e identificado con matrícula inmobiliaria 50S-40419232, necesario para la ejecución y puesta en marcha de un Patio para el Sistema Integrado de Transporte Público -SITP- de Bogotá
 

 
2020   Resolución 1027 de 2020 Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia  

Por medio de la cual se ordena la declaratoria de utilidad pública e interés social de un inmueble y se adoptan otras disposiciones
 

 
2021   Concepto 202111 de 2021 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Concluye que los bienes inmuebles adquiridos por la ERU con motivo de utilidad pública para el desarrollo de la AMD 3 del PPRU Voto Nacional - La Estanzuela y administrados por el Patrimonio Autónomo Derivado Voto Nacional Formación para el Trabajo PAD-FPT no corresponden al tipo de bienes fiscales objeto de aplicación del artículo 79 del Acuerdo 761 de 2020, reglamentado por el Decreto Distrital 040 de 2021 que dispone que en el evento de una posible transferencia de bienes inmuebles fiscales de propiedad de las entidades centralizadas y descentralizadas del orden distrital, se recomienda a la revisión previa de los términos de esa destinación con el fin de validar si esta última corresponde a los motivos de una eventual transferencia al nivel central de la Administración Distrital
 

 

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