Documentos para IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO :: Tarifas
Año   Documento   Restrictor  
1993   Decreto 807 de 1993 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Decreto 807 de 1993 Se autoriza el procedimiento y distribución de los tributos distritales
 

 
1998   Resolución 66 de 1998 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Impuestos  

se reajustan los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del Impuesto de Industria y Comercio, para el año 1999
 

 
2000   Resolución 10 de 2000 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Impuestos  

Determina los promedios diarios de las unidades para la presunción de ciertas actividades del impuesto de industria y comercio para el año 2001. Art. 1. Vigencia Art. 2.
 

 
2001   Resolución 14 de 2001 Secretaría Distrital de Hacienda  

Determina los promedios diarios de las unidades para la presunción de ciertas actividades del impuesto de industria y Comercio para el 2002 art. 1.
 

 
2001   Resolución 1817 de 2001 Secretaría Distrital de Hacienda  

Reajusta el valor por cada unidad comercial adicional del sector financiero por impuesto de industria y comercio, avisos y tableros para el 2002 art. 1., valor a liquidar por cada unidad comercial adicional art. 2.
 

 
2002   Acuerdo 65 de 2002 Concejo de Bogotá, D.C.  

Se adoptan modificaciones al impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros. Se establece sujeto pasivo, requisitos para excluir de la base gravable ingresos percibidos fuera del Distrito Capital, tarifas de impuesto para actividades industriales, comerciales, de servicio y financieras, art.3. Definición del Régimen Simplificado según promedio de ingresos, art. 4.
 

 
2002   Decreto 352 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establecen las tarifas específicas para las actividades industriales, comerciales, de servicio y financieras, art. 53. Tarifas por varias actividades, art. 54.
 

 
2002   Decreto 362 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se establece quienes deben presentar declaración de industria y comercio, art. 12 y 13. Período declarable, art. 14 y 15. Convenios para inscripción de contribuyentes del impuesto de industria y comercio, art. 19.
 

 
2002   Resolución 24 de 2002 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto  

Reajusta los promedios establecidos como promedio diarios por unidades, de ciertas actividades del impuesto de industria y comercio para el año 2003. Art. 1. Vigencia Art. 2.
 

 
2008   Concepto 1181 de 2008 Secretaría Distrital de Hacienda  

¿ para los contribuyentes del impuesto de industria y comercio que realicen la actividad industrial de edición y publicación de libros y presenten una declaración anual, tienen la posibilidad de aplicar una tarifa menor,¿ si durante el año calendario gravable respecto del cual se presenta declaración por este impuesto donan tres (3) ejemplares de cada nueva publicación de carácter científico o cultural que edite o publique durante el respectivo año, a la Secretaría de Educación Distrital,¿, y además que cuando le compre el Distrito Capital con destino a la Secretaría de Educación Distrital, sus establecimientos educativos oficiales o la Red de Bibliotecas Públicas, el contribuyente del impuesto de industria y comercio que edite o publique libros conceda como mínimo los siguientes descuentos:¿ Cuando el contribuyente no le venda al Distrito, solamente se debe cumplir el requisito de las donaciones¿ Vemos que el beneficio de la tarifa reducida ocurre para la vigencia o respectivo año calendario gravable en el cual se efectúa la donación y se efectúan las ventas al Distrito si las hubo. No procede para los años subsiguientes salvo que en ellos nuevamente se realizaren nuevas ediciones y se regalaren tres ejemplares de estas otras nuevas ediciones¿ En síntesis el beneficio solo opera para los bimestres de la respectiva anualidad calendario en aplicación del criterio sistemático de interpretación normativa, al confrontar el texto de los artículos primero y segundo del acuerdo mencionado.
 

 
2012   Resolución 57089 de 2012 Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Impuestos  

Reajusta los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio para el año 2013, de los moteles, residencias, hostales, parqueaderos, bares y establecimientos que se dediquen a la explotación de juegos o máquinas electrónicas.
 

 
2019   Resolución 092 de 2019 Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN  

La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, Establece los mecanismos de reporte de las tarifas del impuesto de industria y comercio consolidado y de la cuenta para la transferencia de estos recursos por parte de los distritos y municipios. Igualmente, señala cuáles y la forma de presentación de los documentos a suministrar por parte de estos.
 

 
2019   Resolución 32019 de 2019 Secretaría Distrital de Hacienda  

Reajusta los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio, para el año 2020.
 

 
2020   Acuerdo 780 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.  

Dispone que para el año gravable 2021 y hasta el año gravable 2027 inclusive, previa inscripción en el Registro de Información Tributaria RIT, los contribuyentes que se formalicen o se hayan formalizado desde el año 2020 y que cumplan con los ingresos para estar clasificados como microempresa, según el Decreto Nacional 957 de 2019, podrán optar por tarifas progresivas en el Impuesto de Industria y Comercio de manera gradual. Quedan excluidos de la tarifa progresiva los contribuyentes que realicen las siguientes actividades de manera principal: financieras, presentación de películas en salas de cine, actividades de telecomunicaciones alámbricas, inalámbricas, satelital y otras actividades de telecomunicaciones, transporte, construcción de carreteras y vías de ferrocarril, construcción de proyectos de servicio público; construcción de otras obras de ingeniería civil, venta de automotores (incluidas motocicletas) y venta de combustibles derivados del petróleo; quienes tributarán a las tarifas generales vigentes.
 

 
2020   Resolución 19435 de 2020 Secretaría Distrital de Hacienda  

Reajusta los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio, para el año 2021, con el fin de que los contribuyentes cumplan sus obligaciones tributarias del pago del impuesto de industria y comercio de actividades desarrolladas por los moteles, residencias, hostales, parqueaderos, bares y establecimientos donde se dediquen a la explotación de juegos o máquinas electrónicas, administrados por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá  DIB, de manera segura y eficaz.
 

 
2021   Resolución 23117 de 2021 Secretaría Distrital de Hacienda  

Establece el ingreso promedio diario de las unidades de actividad para las actividades desarrolladas por los moteles, residencias y hostales, así como parqueaderos, bares y establecimientos que se dediquen a la explotación de juegos y máquinas electrónicas.
 

 

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