Documentos para IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO, AVISOS Y TABLEROS :: Aporte para Bancos de Provisión Áreas de Maternidad
Año   Documento   Restrictor  
2009   Acuerdo 385 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea los Bancos de Provisión para el área de maternidad en los Hospitales de la Red Pública del Distrito Capital, en los que se suministrará gratuitamente y de acuerdo a las necesidades y a la disponibilidad de recursos, los elementos que la madre gestante y el recién nacido requieran en el momento del parto. Señala que a partir del 1 de enero de 2010, se incluirá el proyecto denominado "BANCO DE PROVISIÓN DE ELEMENTOS PARA EL ÁREA DE MATERNIDAD EN LOS HOSPITALES DE LA RED PÚBLICA DEL DISTRITO CAPITAL" dentro de los aportes voluntarios, el cual podrá ser realizado por los contribuyentes del Impuesto Predial Unificado, el impuesto sobre vehículos automotores matriculados en Bogotá y el impuesto de industria y comercio, avisos y tableros, como un 10% del monto liquidado del impuesto y adicional al mismo.
 

 
2009   Decreto 570 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Implementa para el año 2010 el mecanismo de aportes voluntarios, equivalente a un 10% adicional del valor del impuesto predial unificado, del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros y del impuesto sobre vehículos automotores que resulte a cargo del contribuyente en el año gravable 2010, y los cuales se pagarán y recaudarán conjuntamente con el impuesto respectivo. Señala la destinación del aporte voluntario "Banco de provisión de elementos para el área de maternidad en los hospitales de la red pública del Distrito Capital".
 

 
2011   Decreto 674 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Implementa para el año 2012 el mecanismo de aportes voluntarios. La recepción de aportes voluntarios de los contribuyentes la realizará la Secretaría Distrital de Hacienda para el año 2012, conjuntamente con el impuesto respectivo. El aporte voluntario será equivalente a un 10% adicional del valor del impuesto predial unificado, del impuesto de industria y comercio, avisos y tableros y del impuesto sobre vehículos automotores que resulte a cargo del contribuyente en el año gravable 2012. La Administración Distrital destinará el aporte voluntario efectuado por el ciudadano, teniendo en cuenta el orden y priorización de los proyectos de inversión social elegidos por los aportantes en el formulario de declaración y pago de los respectivos impuestos. Exciten ¿Aporte Bomberil Voluntario¿, "Un árbol de vida para Bogotá", "Banco de Provisión de Elementos para el Área de Maternidad en los Hospitales de la Red Pública del Distrito Capital" y el aporte Voluntario adicionalmente podrá destinarse para los siguientes programas contemplados dentro del Plan de Desarrollo: Programa igualdad de oportunidades y de derechos para la inclusión de la población en condición de discapacidad; Programa Bogotá espacios de vida; Programa Bogotá Segura y humana y Programa Bogotá responsable ante el riesgo y las emergencias.
 

 

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