Documentos para HISTORIA CLÍNICA :: Definición
Año   Documento   Restrictor  
2012   Fallo 21861 de 2012 Consejo de Estado  

¿La historia clínica es definida en el artículo 34 de la ley 23 de 1981 como: ¿¿el registro obligatorio de las condiciones de salud del paciente. Es un documento privado sometido a reserva que únicamente puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos en la ley¿. (¿) ¿Como se puede observar la historia clínica es un documento con características especiales que amerita un manejo determinado, no sólo por los que las elaboran y las archivan, sino también por quienes las interpretan. Se convierte pues, en un registro especial y particular que al margen de concentrar toda la información relacionada con la atención del paciente, sus diferentes síntomas, signos, las patologías diagnosticadas y los tratamientos ordenados, entra en conexidad de forma global con el derecho a la salud, y permite la verificación en relación con la atención brindada, así como el contenido y alcance en el cumplimiento de las obligaciones que se refieren tanto al médico como a los pacientes en torno a la relación científica y legal que representa la atención hospitalaria o sanitaria¿.
 

 
2013   Concepto 11200 de 2013 Ministerio de Salud  

¿ (¿) Independiente que una EPS requiera de la historia clínica para el reconocimiento y pago de una incapacidad, no es posible que bajo ese argumento se infrinja la reserva de que goza la historia clínica del paciente, toda vez que este un documento de carácter confidencial y privado, sometido a reserva, que solo puede ser conocido por terceros previa autorización del paciente o en los casos previstos por ley (¿) si la entidad promotora de salud considera indispensable consultar la historia clínica, deberá el personal médico solicitarla directamente a la IPS responsable de la misma (¿) la historia clínica es un documento privado (¿) en el cual se registran cronológicamente las condiciones de salud del paciente, los actos médicos y los demás procedimientos ejecutados por el equipo de salud que interviene en su atención (¿) podrán acceder a la información contenida en la historia clínica (¿) 1. El usuario. 2. El Equipo de Salud. 3. Las autoridades judiciales en los casos previstos en la Ley. 4. Las demás autoridades determinadas en la Ley. (¿) vale la pena señalar que el empleador no se encuentra incluido dentro de ellas ni el personal administrativo de la EPS o las IPS que tramitan las incapacidades de los afiliados. (¿) El carácter reservado de la historia clínica se funda en la necesidad de proteger el derecho a la intimidad del individuo (¿) se concluye que en ningún caso debe solicitarse copia de la historia clínica del trabajador incapacitado al empleador para realizar el trámite de reconocimiento de incapacidades y licencias de maternidad y paternidad (¿)¿
 

 

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