Documentos para GAS COMBUSTIBLE DOMICILIARIO :: Instalaciones
Año   Documento   Restrictor  
1976   Decreto 1388 de 1976 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Regula los aspectos relacionados con las instalaciones de gas, hidrantes, elementos de extinción, Sótanos (art. 57 a 84), normas de seguridad y prevención para las edificaciones multifamiliares para comunidades y oficinas (art. 85 a 96), requisitos mínimos de seguridad para edificaciones industriales, comerciales (art. 97 a 122), requisitos de instalación de espectáculos públicos, prohibiciones (art. 123 a 144).
 

 
1987   Decreto 1471 de 1987 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Requisitos que deben cumplir las instalaciones requeridas para el suministro de gas propano o natural
 

 
2012   Resolución 135 de 2012 Comisión de Regulación de Energía y Gas  

Adópta normas aplicables al servicio público domiciliario de gas combustible con Biogás. Esta resolución aplica a las actividades de comercialización desde la producción, transporte, distribución y comercialización del servicio público domiciliario de gas combustible con Biogás que realice cualquiera de las personas autorizadas por el artículo 15 de la Ley 142 de 1994.Por otro lado señala que el servicio público domiciliario de gas combustible con Biogás a través de Redes Aisladas para atender usuarios industriales no regulados, se prestará bajo el régimen de Libertad Vigilada. Respecto a Régimen para el Servicio Público Domiciliario de Gas Combustible con Biogás a través de Redes Aisladas, para atender Usuarios Residenciales, usuarios regulados o con destino al GNV: establece que hasta tanto la CREG no adopte las condiciones de calidad y seguridad aplicables a este servicio, no se podrá prestar el servicio público domiciliario de gas combustible con Biogás por Redes Aisladas a dichos usuarios. Por último señala que Otros aspectos regulatorios aplicables a la comercialización de Biogás en Redes Aisladas a usuarios residenciales, a usuarios regulados o con destino al GNV, tales como la regulación de precios, se definirá cuando se adopten las condiciones de calidad o cuando la CREG a partir de los análisis correspondientes así lo considere.
 

 
2013   Resolución 90902 de 2013 Ministerio de Minas y Energía  

Se expide el Reglamento Técnico al que se deben sujetar las Instalaciones para Suministro de Gas Combustible en edificaciones residenciales, comerciales e industriales con el fin de establecer los requisitos que se deben cumplir en las etapas de diseño, construcción y mantenimiento de las mismas en orden a la prevención y consecuente reducción de riesgos de seguridad para garantizar la protección de la vida y la salud; y, establecer las obligaciones de los Organismos de Certificación Acreditados y de los Organismos de Inspección Acreditados con respecto a los distribuidores en las actividades de certificación de estas instalaciones. Estas últimas deberán cumplir con los requisitos señalados, los cuales se enfocan en criterios de idoneidad, protección y hermeticidad de las tuberías, métodos de acoplamiento y protección contra la corrosión de las mismas, ventilación de recintos interiores, localización de los Artefactos a Gas, requerimientos adicionales de aire y entrega de documentación legal completa exigida por a la autoridad competente.
 

 
2017   Resolución 41385 de 2017 Ministerio de Minas y Energía  

Modifica el numeral 3.4 del Anexo 2 de la Resolución 90902 de 2013, denominado Procedimiento único de inspección en Colombia de instalaciones para suministro de gas combustible destinado a usos residenciales y comerciales.
 

 

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