Ajusta parcialmente la planta de personal del HOSPITAL DE USME NIVEL I E.S.E., a la nomenclatura y clasificación de empleos, establecida en el Decreto Ley 785 de 2005.
Se determina la Reelección de la Gerente del Hospital de Usme I Nivel Empresa Social del Estado de conformidad con la Ley ya que ésta permite la reelección por una sola vez por un periodo de cuatro (4) años cuando la Junta Directiva así lo proponga al nominador y siempre y cuando cumpla con los indicadores de evaluación conforme lo señale el Reglamento o previo concurso de méritos.
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Planta de Personal