Documentos para HOSPITAL USME I NIVEL EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO ESE :: Actas de Conciliación
Año   Documento   Restrictor  
2000   Acta de Conciliación 3 de 2000 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Lectura y aprobación del acta anterior. De acuerdo a las solicitudes de conciliación, se aprueba que se celebren contratos de transacción con las firmas Labsco EAT, Cooperativa Medicoop y Cryogas S.A. Con relación a las tres restantes, no se aprueba transar por cuanto no se posee la suficiente información, específicamente respecto a la firma Surgimedical EAT, existe una glosa de parte de la Secretaria Distrital de Salud que esta por decidir.
 

 
2001   Acta de Conciliación 2 de 2001 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Lectura y aprobación del acta anterior. Se presentan cada una de las solicitudes de conciliación determinándose que para definir el trámite que se le dará a cada una, se debe establecer un historial con los responsables, determinando los valores reales adeudados y estos se discutirán en el próximo comité, en relación al saldo adeudado por el INPEC el comité aprueba que se solicite la conciliación ante la procuraduría delegada en lo Judicial, ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca en el que se debe requerir tanto el saldo adeudado como los intereses de mora bancarios corrientes, permitiéndose que se condonen los intereses y solamente se reconozca el valor de la deuda.
 

 
2003   Acta de Conciliación 1 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Aprobación del acta anterior. Caso 1: Propuesta de conciliación con el INPEC. El comité se pronuncia por unanimidad al decidir que acepta la conciliación por el valor resultante de la debida auditoría de las cuentas realizadas por las partes. Caso 2: Conciliación Servinte: Decide el Comité aceptar el pago de la suma debida a Servinte toda vez que por certificación de la Interventora del contrato se pudo constatar que el contratista nunca suspendió su servicio. Caso 3: Conciliación Cecilia Vargas Salamanca dada la prescripción de cualquier acción ejecutiva o de responsabilidad por parte de la solicitante el Comité de Conciliación se pronuncia por unanimidad al decidir que NO se acepta el pago de la suma solicitada por la parte actora. De igual forma el Comité aprueba el nuevo modelo de acta y rechaza por inconducente la propuesta elevada por el Dr. Fredy Montenegro García por no tratarse de un asunto a conciliar, pero que se delega en la Oficina Jurídica el seguimiento por responsabilidad en la ejecución de ese contrato.
 

 
2003   Acta de Conciliación 2 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

El comité decide aplazar el estudio de las conciliaciones de Cecilia Andrea Reyes Monroy, Henry Noe Negro Torres y Pedro Urazán Peña. En relación a la conciliación con el señor Héctor Ramírez Olaya determina el comité, no aprobar la conciliación debido a que se requiere certificado del Ministerio de Trabajo, donde conste si en el momento del traslado el funcionario se encontraba con fuero sindical o no, dependiendo de ésta certificación se tomará la decisión en el próximo comité.
 

 
2003   Acta de Conciliación 3 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Caso 1: Conciliación INPEC. Determina el Comité aprobar por unanimidad la segunda sugerencia del procurador la cual establece que se presente la conciliación de manera individual por cada actividad, es decir por una parte la facturación de Consulta Externa y por la otra la facturación de Alto Costo. De igual forma decide remitir a la Oficina de Control Interno Disciplinario de la Entidad con el fin de que mediante la apertura de una investigación disciplinaria se esclarezcan los hechos y se determinen los responsables quienes con su omisión permitieron que se presentara la caducidad dentro del proceso de conciliación con el INPEC.
 

 
2003   Acta de Conciliación 4 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Lectura y aprobación del acta anterior. Respecto a los casos de conciliación de Alveiro Benítez, M y R Sofware Asociados y Neifer Osorio Ortegón el Dr. Henry Negro Torres sugiere a los miembros del comité se llegue a un acuerdo transaccional con el demandante a fin de hacer menos honeroso el costo procesal. Con relación al caso de Héctor Ramírez Olaya el Dr. Henry Negro Torres sugiere a los miembros del comité no se siguiera la conciliación toda vez que existen elementos probatorios que demuestran que el demandante no se encontraba a la fecha aforado. De igual forma en el caso de Cecilia Vargas Salamanca sugiere al comité no adelantar la conciliación, toda vez que existen elementos probatorios que demuestran que se dio el fenómeno de la prescripción de la acción.
 

 
2003   Acta de Conciliación 5 de 2003 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Determina el comité de conciliación aprobar por medio de la figura de la conciliación prejudicial, realizar el pago a la doctora Cecilia Andrea Reyes Monroy Contratista por intermedio de su empresa empleadora Mebcoop. De igual forma el reconocimiento y pago al Dr. Pedro Antonio Urazan Peña contratista y a la auxiliar de estadística Yeimy Misnaza. Aplazar la conciliación con el señor Henry Noe Negro Torres, hasta tanto la Oficina de Talento Humano presente una liquidación por cada concepto adeudado a la Oficina Jurídica, así como el monto que se debe pagar y a quién, con el fin de presentarlos en el próximo Comité. Por ultimo decide no aprobar la posible conciliación con el contratista Chaher toda vez que el tema propuesto trata de un incumplimiento de contrato por parte del contratista, no de un valor a conciliar.
 

 
2004   Acta de Conciliación 1 de 2004 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Aprobación del acta anterior. Decide el comité aprobar la conciliación prejudicial con el fin de realizar el reconocimiento y pago de las acreencias a Bartolomé Amaya Monroy Contratista, Yudy Yaneth Herrera Cujar Contratista, AS y ES Contratista, Cris Moda Ltda. Contratista, Ramiro Ramírez Contratista. De igual forma decide aplazar las conciliaciones con el señor Henry Noe Negro Torres, Carlos Arturo Celis Gómez y Chaher Ltda., hasta el próximo Comité de Conciliación. No aprobar la posible conciliación con Sandra Milena Gómez Quintero, en razón a que no se encontró responsabilidad médica alguna en la atención que se hiciera del parto de la reclamante del mes de Abril de 2002.
 

 
2004   Acta de Conciliación 2 de 2004 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Lectura y aprobación del acta anterior. Caso 1: Contratistas Área Salud Pública. Teniendo en cuenta que las ejecutoras prestaron sus servicios efectivamente, el comité resuelve aprobar los valores adeudados a las ejecutoras en las proporciones que fueron liquidadas por el Coordinador de Salud Pública. Caso 2: Nury Hasbleidy Parra. Decide que debe reconocerse el saldo correspondiente toda vez que efectivamente la contratista prestó sus servicios por tres meses. Caso 3: Josué Vacca. El comité decide que es justo hacer el reconocimiento dado que el contratista efectivamente prestó sus servicios.
 

 
2004   Acta de Conciliación 3 de 2004 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Lectura y aprobación del acta anterior. Caso 1: Universidad Antonio Nariño. El comité en pleno aprueba el pago toda vez que el servicio se prestó. Caso 2: Carlos Arturo Celis Gómez. El Comité decide aprobar el pago teniendo en cuenta que las obras fueron realizadas en su momento y que tanto el supervisor como por el contratista presentan la documentación al día. Caso 3: Dispapeles. El Comité Aprueba el pago teniendo en cuenta que la adquisición del papel efectivamente obedeció a una necesidad. Caso 4: Cryogas. El comité manifiesta que el pago debe hacerse toda vez que el servicio se presto.
 

 
2004   Acta de Conciliación 4 de 2004 Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. - Hospital Usme I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Lectura y aprobación del acta anterior. Caso 1: Puesta en consideración del comité de conciliación el pago pendiente a Jairo Orlando Castillo Cardoso. El comité en pleno aprueba el pago teniendo en cuenta que las obras fueron realizadas en su momento, para lo cual se presenta acta definitiva de recibo de obra y que tanto el supervisor como el contratista presentan la documentación al día.
 

 

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