1882 |
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Acuerdo 14 de 1882 Concejo de Bogotá, D.C.
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Se establece el servicio nocturno en las boticas, art. 1. Boticas de turnos, art. 2. Horario de servicio de las boticas, art. 3. Servicio de vigilancia, art. 4 a 5. Remuneración de los boticarios, art. 6. Presupuesto, art. 7.
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1927 |
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Acuerdo 27 de 1927 Concejo de Bogotá, D.C.
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Reglamenta el servicio nocturno de boticas, autoriza al Personero celebre contratos anuales con los propietarios de 4 boticas de la ciudad y una en el barrio de Chapinero para que presten el servicio nocturno de manera regular, permanente y eficaz, determina el pago que se realizará por este servicio y determina la fecha en que comenzará a regir el acuerdo. |
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