Documentos para FONDOS NACIONALES :: Fondo de Compensación Regional
Año   Documento   Restrictor  
2012   Acuerdo 12 de 2012 Departamento Nacional de Planeación  

Fija lineamientos sectoriales para la formulación y presentación de los proyectos de inversión que se pretendan financiar con recursos del Fondo de Compensación Regional, del Fondo de Desarrollo Regional y de las asignaciones directas del Sistema General de Regalías aplicable para las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas y las comunidades étnicas minoritarias que intervengan en el ciclo de los proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con los recursos del Fondo. Establece los requisitos para la formulación y presentación de los proyectos que deben ser cumplidos de los sectores de deporte y recreación, cultura, energía eléctrica, gas, Minera, Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), vivienda y desarrollo urbano, vivienda de interés social rural, agropecuario, transporte, ambiente, industria, turismo, educación, Salud, inclusión social y reconciliación, agua potable y saneamiento básico y Justicia y Seguridad.
 

 
2013   Decreto 905 de 2013 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Decreto 1949 de 2012. Señala que para la autorización de vigencias futuras para proyectos de inversión que se financiarán con cargo al 40% del Fondo de Compensación Regional de que trata el numeral 2 del artículo 34 de la Ley 1530 de 2012, se requerirá únicamente la autorización del Órgano Colegiado de Administración y Decisión del respectivo municipio que apruebe el proyecto de inversión que se financiará con cargo al 40%, observando los requisitos que se encuentran en el artículo 97 de la Ley 1530 de 2012, y los demás requisitos del artículo 12 de la Ley 819 de 2003 que le sean aplicables y que no le sean contrarios a las normas que regulan el Sistema General de Regalías, y las demás normas sobre vigencias futuras.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1082 de 2015 Nivel Nacional  

Establece los criterios y condiciones de distribución de los recursos del 10% del Fondo de Compensación Regional, del Ahorro Pensional Territorial, dicho porcentaje será distribuido entre los municipios de categorías cuarta, quinta y sexta cuyo indicador de necesidades básicas insatisfechas sea inferior o igual a 35%, para cada año. El porcentaje de los recursos del Sistema General de Regalías destinados al ahorro pensional territorial se distribuirá anualmente entre las entidades territoriales que en el año inmediatamente anterior a la vigencia en la cual se hace la distribución, tengan pasivo pensional, según certificación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. (Artículo 2.2.4.5.1 al 2.2.4.5.3)
 

 
2020   Decreto 513 de 2020 Nivel Nacional  

Establece medidas relacionadas con el ciclo de los proyectos de inversión pública susceptibles de ser financiados a través de recursos provenientes de asignaciones directas y del 40% del Fondo de Compensación Regional del Sistema General de Regalías.
 

 

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