Documentos para FONDOS NACIONALES :: Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Año   Documento   Restrictor  
2003   Decreto 555 de 2003 Nivel Nacional  

Crea el Fondo Nacional de Vivienda FONVIVIENDA, para que consolide el Sistema Nacional de Información de Vivienda y ejecute las políticas del Gobierno Nacional en materia de vivienda de interés social urbana; determina su naturaleza jurídica, jurisdicción, objetivos, funciones, dirección, administración, consejo directivo, funciones, director ejecutivo, recursos, patrimonio, comercialización de productos, manejo de recursos, régimen jurídico, entrega de medios magnéticos de los componentes del sistema de información por el INURBE en liquidación y realización de la cesión de contratos entre éstas entidades.
 

 
2011   Decreto 2570 de 2011 Nivel Nacional  

Con base en los resultados de la calificación, el Fondo Nacional de Vivienda o la entidad que haga sus veces, ordenará secuencialmente los planes de vivienda según el concurso al que correspondan, hasta completar un número de unidades equivalente al monto de los recursos disponibles. De esta forma, la cantidad de unidades habitacionales de dichos planes determinará el cupo o número máximo de subsidios que con posterioridad, y conforme a lo dispuesto en el presente decreto, podrán asignarse para los hogares que se postulen para cada uno de ellos. En el caso del Concurso de Esfuerzo Territorial Departamental, el orden secuencial se establecerá entre los planes de vivienda de cada departamento. Serán beneficiarios preferenciales de los cupos de recursos destinados para los Concursos de Esfuerzo Territorial Nacional o Departamental, los planes de soluciones de vivienda que correspondan a macroproyectos adoptados por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial conforme la normatividad vigente.
 

 
2011   Ley 1469 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Se faculta al Fondo Nacional de Vivienda para: contratar gerencias integrales para la ejecución de planes de vivienda de interés social, Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano (PIDU) y Macroproyectos de Interés Social Nacional en sus componentes de preinversión, inversión, ejecución y evaluación; contratar la elaboración de estudios para la estructuración técnica, económica, financiera y jurídica de Macroproyectos de Interés Social Nacional, proyectos de vivienda de interés social y de Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano (PIDU); adquirir lotes de terreno a cualquier título para ser destinados al desarrollo de planes de vivienda de interés social; destinar los recursos necesarios para la adquisición de materiales para desarrollar las obras de urbanismo y la construcción de viviendas de interés social; adquisición de viviendas en proceso de construcción o ya construidas.
 

 
2011   Resolución 994 de 2011 Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda  

Establece la distribución de recursos de la vigencia presupuestal 2011 para realizar la asignación de subsidios familiares de vivienda de interés social aplicables en zonas urbanas.
 

 
2012   Decreto 1772 de 2012 Nivel Nacional  

Establece como criterio de focalización para acceder al subsidio familiar de vivienda para áreas urbanas en especie a los hogares en los que uno de sus miembros sea deportista y/o entrenador medallista y se encuentren en estado de vulnerabilidad, determinando las condiciones con las que deben cumplir y estando sujetos a la disponibilidad de recursos del Fondo Nacional de Vivienda-Fonvivienda.
 

 
2012   Decreto 1921 de 2012 Nivel Nacional  

Reglamenta los artículos 12 y 23 de la Ley 1537 de 2012. El Fondo Nacional de Vivienda, mediante acto administrativo establecerá los criterios que le permitan definir para cada una de las condiciones señaladas en el artículo 12 de la Ley 1537 de 2012 (grupo de población), el porcentaje de población beneficiaria, para determinar la composición poblacional de cada proyecto de vivienda que se desarrolle en el marco del programa de vivienda gratuita.
 

 
2012   Resolución 141 de 2012 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Modifica los artículos 4°, 5° y 8° de la Resolución 1024 del 31 de mayo de 2011, relativas a la publicidad que deberá realizar el Fondo Nacional de Vivienda para informar a las entidades territoriales respecto a la fecha de recepción de planes de vivienda en las modalidades de adquisición y construcción de vivienda de interés social prioritario, las condiciones, requisitos y documentos necesarios para su trámite, elegibilidad e inscripción al proyecto respectivo.
 

 
2012   Resolución 263 de 2012 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Modifica el artículo 20 de la Resolución 19 de 25 de octubre de 2011, en relación con la calidad del interventor para ejercer el control y seguimiento a los planes de vivienda de interés social con recursos del subsidio familiar. La persona natural o jurídica que se encargue de efectuar la labor de interventoría a los planes de vivienda, debe reunir unos requisitos mínimos tales como: i) Contar dentro de su equipo de trabajo con al menos un ingeniero civil o arquitecto titulado; ii) No estar incurso en inhabilidades de ley o haber sido sancionado por el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería y Arquitectura; iii) Acreditar la inscripción en el Registro Único de Proponentes; iv) Contar con experiencia general mínima de cinco años como interventor y dos con experiencia mínima específica en labores de interventoría a planes de vivienda de interés social.
 

 
2012   Resolución 502 de 2012 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Da cumplimiento al artículo 5º de la Ley 1537 de 2012. El Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) distribuirá los cupos de recursos, para 100.000 subsidios familiares de vivienda en especie, mediante resolución, entre todos los Departamentos del país y el Distrito Capital. Para la distribución se tiene en cuenta criterios como el número de hogares que en el Departamento o el Distrito Capital se encuentran vinculados a programas sociales del Estado que tengan por objeto la superación de la pobreza extrema, de conformidad con la información suministrada por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, sobre el total nacional. (NP), el resultado de la combinación del Índice de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), para vivienda elaborado y certificado por el DANE que conjuga el índice de hogares en vivienda inadecuada y hogares con hacinamiento crítico, y la distribución departamental de la población correspondiente a la proyección para cada año certificada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística DANE entre otras.
 

 
2012   Resolución 691 de 2012 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Establece las condiciones y el procedimiento para la asignación de recursos destinados a la promoción de oferta y demanda en los planes de vivienda de interés social prioritario, dando prevalencia a los hogares en situación de desplazamiento; le corresponde al Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) entregar la información a las entidades territoriales de los tiempos y requisitos establecidos para acceder a la asignación de recursos, así como la evaluación de prefactibilidad, calificación, ordenamiento y elegibilidad de planes de vivienda; después de este paso Fonvivienda debe indicar en que planes procede la inscripción y presentación de postulaciones por parte de los hogares en situación de desplazamiento, realizar la inscripción y asignación de cupos, sin perjuicio de la revisión posterior de la que pueden ser objeto los documentos presentados para verificar su veracidad, para finalizar con el proceso en el que se realiza el desembolso de los recursos.
 

 
2012   Resolución 705 de 2012 Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural  

Establece los criterios para la redistribución de cupos de recursos que determina el artículo 4 de la Resolución 502 de 2012, fijando los criterios y porcentajes que debe seguir el Fondo Nacional de Vivienda para la redistribución de los cupos de recursos; procedimiento que podrá ser aplicado en forma sucesiva por Fonvivienda hasta que se asignen los 100.000 cupos a los que hace referencia la Resolución 502 de 2012.
 

 
2012   Resolución 937 de 2012 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Define las condiciones para la transferencia, entrega y legalización del subsidio familiar de vivienda urbana en especie (SFVE). Señala los procedimientos a los que deberán ceñirse para dar por legalizado el subsidio dependiendo si ellos se realizan de forma directa a través de El Fideicomiso - Programa de Vivienda Gratuita, por medio de la constitución de patrimonios autónomos, o a través de predios aportados por entidades públicas. Señala que para dar por legalizado el subsidio, en el folio de matrícula inmobiliaria del inmueble deberá aparecer inscrito como titular del derecho de dominio el beneficiario del SFVE, así como la constitución del patrimonio de familia al que hace referencia el artículo 9º de la Ley 1537 de 2012 y la prohibición, de enajenar cualquier derecho real de acuerdo con lo establecido en el artículo 8º de la Ley 3ª de 1991, modificado por el artículo 21 de la Ley 1537 de 2012. Aclara que cuando los hogares que resulten beneficiarios del SFVE adicionalmente hayan sido beneficiarios de Subsidios Familiares de Vivienda en dinero, por parte de Fonvivienda, antes de la entrada en vigencia de la Ley 1537 de 2012, deberá cumplirse el procedimiento establecido en el artículo 25 del Decreto 1921 de 2012 o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan. Una vez surtido este procedimiento, los subsidios familiares de vivienda otorgados por Fonvivienda, antes de la entrada en vigencia de la Ley 1537 de 2012, se entenderán legalizados cuando se cumplan los presupuestos establecidos en la presente resolución para la legalización del SFVE.
 

 
2013   Decreto 156 de 2013 Nivel Nacional  

Establece el valor del Subsidio Familiar de Vivienda de Interés Social para Áreas Urbanas. El monto del subsidio familiar de vivienda de interés social para áreas urbanas que otorgue el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda), con cargo a los recursos del Presupuesto General de la Nación en la modalidad de adquisición de vivienda nueva a los hogares beneficiarios a través de las bolsas de recuperadores de residuos reciclables; afectados por situación de desastre, calamidad pública o emergencia; damnificados por atentados terroristas; afectados por el fenómeno de La Niña 2010-2011; hogares en situación de desplazamiento; y Macroproyectos de Interés Social Nacional, podrá ser hasta de setenta salarios mínimos legales mensuales vigentes (70 smlmv).
 

 
2013   Decreto 872 de 2013 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente el artículo 41 de la Ley 1537 de 2012, en el entendido que las entidades públicas del orden nacional y territorial que hagan parte de cualquiera de las Ramas del Poder Público, los bancos inmobiliarios, así como, los órganos autónomos e independientes, podrán transferir a título gratuito al Fondo Nacional de Vivienda, a los patrimonios autónomos que este y/o Findeter constituyan, a los patrimonios autónomos que constituyan las entidades que determine Fonvivienda, o a las entidades públicas que desarrollen programas de vivienda de interés social de carácter territorial, departamental, municipal o Distrital, los bienes inmuebles fiscales urbanos de su propiedad, o la porción de ellos, que puedan ser destinados para la construcción o el desarrollo de proyectos de vivienda de interés social, de acuerdo a lo establecido en los Planes de Ordenamiento Territorial y los instrumentos que lo complementen o desarrollen.
 

 
2013   Decreto 1432 de 2013 Nivel Nacional  

El Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) y las Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo con lo establecido en el parágrafo 4° del artículo 68 de la Ley 49 de 1990, adicionado por el artículo 185 de la Ley 1607 de 2012, celebrarán un contrato de fiducia mercantil con el objeto de que el patrimonio autónomo que se constituya, administre los recursos para ejecutar un Programa de Vivienda de Interés Prioritario para la población que se encuentre dentro de las condiciones señaladas en el presente decreto, el cual en adelante se denominará ¿Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores¿. Dicho contrato de fiducia mercantil se someterá a las condiciones y requisitos señalados en el presente decreto.
 

 
2013   Resolución 299 de 2013 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio  

Establece las condiciones, procedimientos y requisitos para solicitar ante el Fondo Nacional de Vivienda el ajuste de los recursos destinados para las actividades de promoción de oferta y demanda señaladas en el artículo 8° del Decreto 4911 de 2009, en planes de vivienda de interés social prioritario que cuenten con las condiciones señaladas en el artículo 2° de la presente resolución.
 

 
2014   Decreto 2480 de 2014 Nivel Nacional  

El monto de los subsidios familiares de vivienda que Fonvivienda y las Cajas de Compensación Familiar asignen a los hogares que cumplan las condiciones señaladas en el presente decreto, dependerá de los ingresos del hogar objeto del subsidio
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 Nivel Nacional  

Compila las normas del sector Vivienda, Ciudad y Territorio. Señala que FONVIVIENDA tendrá como objetivos consolidar el Sistema Nacional de Información Vivienda y ejecutar políticas del Gobierno Nacional en materia vivienda interés urbana, en particular aquellas orientadas a la descentralización territorial de inversión los de los recursos destinados a vivienda de interés social. (Artículo 1.2.1.1.2.1).
 

 
2016   Decreto 1516 de 2016 Nivel Nacional  

El Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda y las instituciones otorgantes del subsidio familiar de vivienda urbana de las entidades territoriales adelantarán el procedimiento administrativo sancionatorio al que hace referencia el artículo 47 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, o las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan, contra los constructores, interventores, auditores y/o supervisores que hayan incurrido en un presunto incumplimiento de sus obligaciones, durante la ejecución de proyectos de vivienda que involucren recursos de subsidios familiares de vivienda asignados por este.
 

 
2017   Decreto 729 de 2017 Nivel Nacional  

El Presidente de la república, modifica el Decreto 1077 de 2015, en relación con la definición de las condiciones para el acceso al Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - Mi Casa Ya; creado para promover el acceso a la vivienda de interés social a hogares con ingresos entre 2 y 4 smlmv. En ese sentido y en atención al documento CONPES 3869 del 12 de octubre de 2016, amplia el tiempo de ejecución de dicho programa hasta el 2019, adiciona la modalidad de leasing habitacional como mecanismo alternativo de financiamiento e incluye segmentos poblacionales con ingresos hasta 4 smlmv.
 

 
2017   Resolución 408 de 2017 Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible  

Liquida los saldos de cupos y adiciona cupos de recursos en cumplimiento de la Resolución número 0170 de 2017 del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, en el marco de la Segunda Etapa del Programa de Vivienda Gratuita.
 

 
2018   Resolución 654 de 2018 Secretaría Distrital del Hábitat  

Define las condiciones en que se otorgarán y desembolsarán los subsidios distritales de vivienda que se asignen como subsidios complementarios en el marco del Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social  VIS Mi Casa Ya del Gobierno Nacional.
 

 
2020   Decreto 1341 de 2020 Nivel Nacional  

Establece la política pública de vivienda rural, así como las condiciones de asignación del Subsidio Familiar de Vivienda Rural por parte del Fondo Nacional de Vivienda "Fonvivienda"
 

 
2023   Decreto 490 de 2023 Nivel Nacional  

Modifica los criterios para la asignación de subsidios familiares de vivienda de interés social dependiendo de la clasificación socioeconómica del SISBÉN IV, así como para la cobertura aplicable a los créditos o contratos de leasing habitacional que sean otorgados a través del Fondo Nacional de Vivienda.
 

 

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