Documentos para EVENTOS CATASTROFICOS :: Víctimas
Año   Documento   Restrictor  
1999   Decreto 200 de 1999 Nivel Nacional  

Procedimiento para la atención de víctimas de eventos catastróficos de especial magnitud con cargo a los recursos de la subcuenta de seguro de riesgos catastróficos y accidentes de tránsito, art. 1.
 

 
2012   Sentencia 683 de 2012 Corte Constitucional de Colombia  

¿(¿). Todo ello, genera una circunstancia especial de vulnerabilidad que activa el deber de protección especial por parte de las autoridades públicas (art. 13 inciso 3°), y ante la cual el Estado debe responder adecuada y oportunamente, so pena de infringir su deber de garante protector de la dignidad humana. (¿)A partir de lo anterior puede afirarse que la solidaridad, además de ser un principio rector del Estado colombiano, tiene facetas concretas que imponen obligaciones a todos los colombianos, y en especial a los funcionarios públicos, respecto de sus acciones u omisiones frente a la situación de las víctimas de desastres naturales, calamidades o emergencias, pues éstas son resguardadas temporalmente por una especial protección.¿
 

 
2014   Sentencia 793 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

No son pocas las ocasiones en las que la Corte Constitucional, en el marco de la acción de tutela, ha examinado situaciones en las cuales sujetos en condiciones de vulnerabilidad, han acudido a la protección constitucional al estimar que sus derechos han resultado conculcados por entes dedicados a la actividad financiera. En esas oportunidades, los accionantes, en calidad de deudores, no han podido satisfacer debidamente sus obligaciones con las referidas entidades y, estas han adelantado los cobros y acciones judiciales respectivas. Es por esto que la corte inicia un análisis respecto a la regulación y las víctimas de desastres como sujetos de especial protección constitucional. Al respeto se menciona que : una de las facetas del desastre, hace relación al momento posterior al acaecimiento de la tragedia y, corresponde al Estado expedir la normatividad del caso, con miras a lograr la recuperación de los afectados en el caso de personas que se encuentran en situaciones de debilidad manifiesta, debido a su estado de vulnerabilidad a causa del acaecimiento de un desastre, el principio de solidaridad cobra una dimensión concreta que hace que el derecho a una vida digna se relacione directamente con la salud, con la seguridad alimentaria y con la protección mínima de seguridad ante los peligros de la intemperie entre otros aspectos. Por esta razón tanto el Estado, como la sociedad y la familia deben concurrir a la protección de este bien jurídico.
 

 

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