1998 |
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Concepto 420 de 1998 Secretaría Distrital de Hacienda - Tesorería Distrital
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Los recursos del FONDATT deben ser manejados a través del sistema de Cuenta Única Distrital, toda vez que aquel es un Establecimiento Público Distrital y por mandato legal sus ingresos deben canalizarse por este medio, para luego ser transferidos, tal como lo ordena el artículo 9 del Acuerdo 9 de 1989, sin que esto riña con su autonomía administrativa y financiera, la cual se conserva para la afectación de los mismos. |
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