Documentos para FONDO DE SOLIDARIDAD Y GARANTIA FOSYGA :: Subcuenta de Compensación
Año   Documento   Restrictor  
2002   Decreto 1755 de 2002 Nivel Nacional  

Disposiciones generales de la subcuenta de compensación interna del régimen contributivo del Fosyga, art. 1 a 3. Recaudo de cotizaciones al régimen contributivo del sistema general de seguridad social en salud, art. 4 a 8. Proceso de compensación, art. 9 a 27. Otras disposiciones, art. 28 a 30.
 

 
2002   Decreto 2451 de 2002 Nivel Nacional  

Deroga el Decreto 1755 de 2002, por medio del cual se reglamenta el funcionamiento de la subcuenta de compensación del régimen contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga. Art. 1. Vigencia Art. 2.
 

 
2004   Decreto 2280 de 2004 Nivel Nacional  

Regula el proceso de compensación y funcionamiento de la Subcuenta de compensación interna del régimen contributivo del Fosyga, señala su objeto, proceso de compensación, recursos, recaudo de cotizaciones, manejo de cuentas, proceso de compensación, saldos, giro y reconocimiento de recursos, presentación de información, correcciones, cotizaciones, medios magnéticos, compensación de promoción y prevención, bases de datos de afiliados y aportantes, control de pagos de UPC, intereses de la entidad fiduciaria administradora de recursos del Fosyga, operación del nuevo proceso, compensación del recaudo de cotizaciones en mora, manual operativo y solución de aspectos operativos.
 

 
2006   Decreto 4556 de 2006 Nivel Nacional  

Establece unas fechas para la presentación de la declaración de giro y compensación de que trata el Decreto 2280 de 2004, por el cual se reglamenta el proceso de compensación y el funcionamiento de la Subcuenta de compensación interna del régimen contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga. Señala que en el mes de diciembre de cada año, las Entidades Promotoras de Salud, EPS, y demás Entidades Obligadas a Compensar, EOC, presentarán sólo 2 procesos de compensación conforme a las reglas previstas en el Decreto citado; el primer proceso, el día 11 hábil del mes y el segundo proceso el día 16 hábil del mismo mes, hasta las 3:00 p. m. No habrá lugar a la presentación de declaraciones de corrección de que trata el artículo 13 idem para el mes de diciembre de cada año.
 

 
2010   Decreto 2729 de 2010 Nivel Nacional  

Establece un procedimiento para la presentación de una declaración de giro y compensación excepcional.
 

 
2011   Decreto 4023 de 2011 Nivel Nacional  

Reglamenta el proceso de compensación y el funcionamiento de la Subcuenta de Compensación Interna del Régimen Contributivo del Fosyga, se fijan reglas para el control del recaudo de cotizaciones al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. Señala su objeto y ámbito de aplicación (cap. I); cuales son los recursos que lo financian y cuál es su utilización (cap. II); el recaudo de las cotizaciones al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud y Conciliación de Cuentas de Recaudo a través de dos cuentas maestras, su apertura, el cierre de cuentas anteriores y giro de saldos, el manejo las cuentas, la prohibición del recaudo directo, la conciliación de cuentas maestras (cap. III); el proceso de compensación, la devolución de cotizaciones, la fórmula para la compensación, la declaración y giro de compensación, el reconocimiento de recursos de la Subcuenta de Promoción de la Salud, la ejecución del proceso de giro y compensación y entrega de resultados, las validaciones del proceso de Compensación, el ajuste de información de registros no compensados, el cobro al Fosyga de licencias de maternidad y/o paternidad, los formularios, medios magnéticos o electrónicos, la certificación de los procesos de Compensación, el control de pagos sin justa causa (cap. IV); el pago de prestaciones económicas, la apropiación de rendimientos financieros, el recaudo de cotizaciones en mora con afiliación suspendida, la compensación de cotizaciones según el Decreto 2280 de 2004, los manuales operativos (cap. V), entre otros.
 

 
2011   Resolución 2643 de 2011 Ministerio de la Protección Social  

Dicta disposiciones para la actualización de información de afiliación en la Base de Datos Única de Afiliados - BDUA del Régimen Contributivo. Se actualizarán por una única vez de acuerdo con las presentes reglas, que aplicará el administrador fiduciario de los recursos del Fosyga.
 

 
2014   Decreto 674 de 2014 Nivel Nacional  

Modifica los plazos en el proceso de compensación y funcionamiento de la Subcuenta de Compensación Interna del Régimen Contributivo del Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) y se dictan otras disposiciones.
 

 
2016   Decreto Único Reglamentario 780 de 2016 Nivel Nacional  

Establece el funcionamiento de la Subcuenta de Compensación, el mecanismo de control y seguimiento al recaudo de aportes del Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud SGSSS y el procedimiento operativo para realizar el proceso de compensación. Lo mencionado anteriormente, se aplica a las Entidades Promotoras de Salud EPS, Entidades Obligadas a Compensar EOC, al Fondo de Solidaridad y Garantía Fosyga y a su Administrador Fiduciario. Ahora bien, Los recursos que recauda la Subcuenta de Compensación Interna del Régimen Contributivo, se utilizaran en el pago de las Unidades de Pago por Capitación, prestaciones económicas. Reglamenta el proceso de compensación y el funcionamiento de la Subcuenta de Compensación Interna del Régimen Contributivo del Fosyga, se fijan reglas para el control del recaudo de cotizaciones al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones. Señala su objeto y ámbito de aplicación. Regula el Proceso de compensación, los mecanismos de saneamiento de cuentas, giro directo a las instituciones prestadoras de servicios de salud que se encuentren en medida de vigilancia especial e intervención o liquidación. (Artículo 2.6.1.1.1 al 2.6.1.1.5.3)
 

 

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