Documentos para FONDO NACIONAL DEL AHORRO :: Contratos de Ahorro Voluntario
Año   Documento   Restrictor  
2001   Decreto 2005 de 2001 Nivel Nacional  

Establece el Beneficio en Cuentas de Ahorro para Fomento de la Construcción "AFC", el cual consiste que sin perjuicio de lo previsto en el artículo 119 del Estatuto Tributario, los retiros realizados de las cuentas de ahorro "AFC" antes de que transcurran cinco (5) años contados a partir de la fecha de su consignación, serán considerados ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional para el trabajador, siempre y cuando se destinen exclusivamente a la cancelación de la cuota inicial y de las cuotas para atender el pago de los créditos hipotecarios nuevos para adquisición de vivienda, otorgados por entidades sujetas a la inspección y vigilancia de la Superintendencia Bancaria.
 

 
2006   Ley 1114 de 2006 Congreso de la República de Colombia  

Establece que los oficiales, suboficiales y soldados profesionales de las Fuerzas Militares; los oficiales, suboficiales y miembros del nivel ejecutivo, agentes de la Policía Nacional; el personal civil al servicio del Ministerio de Defensa Nacional, de las Fuerzas Militares y de Policía Nacional; el personal docente oficial y privado; los trabajadores independientes y quienes devenguen salario integral, podrán afiliarse al Fondo Nacional de Ahorro. La afiliación se hará previa solicitud del interesado a través de ahorro voluntario de acuerdo con la reglamentación que expida el Gobierno Nacional. El ahorro voluntario recibirá los mismos beneficios tributarios concedidos a la cuenta de ahorro para el fomento a la construcción AFC previstos en las Leyes 488 de 1998 y 633 de 2000. Quienes se afilien al Fondo Nacional de Ahorro en virtud del presente parágrafo podrán acceder a crédito para vivienda y educación.
 

 
2007   Decreto 1200 de 2007 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente las Leyes 432 de 1998 y 1114 de 2006 en relación con la afiliación al Fondo Nacional de Ahorro - FNA - a través del ahorro voluntario contractual, convención que podrán realizar los afiliados, a través de cesantías, de conformidad con lo previsto en la Ley 432 de 1998 y demás normas concordantes, así como las personas señaladas en el parágrafo 2° del artículo 1° de la Ley 1114 de 2006. Señala las condiciones del ahorro voluntario, los eventos en que procede el retiro del mismo, administración de los depósitos de ahorro voluntario, relación del ahorro voluntario contractual con los programas de crédito hipotecario y educativo administrados por el Fondo, convenios, libranzas, subsidios de vivienda de interés social y beneficios tributarios.
 

 
2008   Acuerdo 1110 de 2008 Fondo Nacional de Ahorro  

Expide el Reglamento de Crédito para Vivienda de los afiliados al FNA por ahorro voluntario contractual, de conformidad con lo previsto en las Leyes 432 de 1998, 546 de 1999 y 1114 de 2006 y los Decretos 3118 de 1968 y 1200 de 2007.
 

 
2008   Acuerdo 1111 de 2008 Fondo Nacional de Ahorro  

Dicta las condiciones financieras de los créditos para vivienda para los afiliados por Ahorro Voluntario Contractual- AVC-, al Fondo Nacional de Ahorro.
 

 
2009   Acuerdo 1123 de 2009 Fondo Nacional de Ahorro  

Modifica el Reglamento de Crédito para Vivienda de los Afiliados al Fondo Nacional de Ahorro por Ahorro Voluntario Contractual.
 

 
2010   Acuerdo 1137 de 2010 Fondo Nacional de Ahorro  

Elimina del estímulo comercial de reducción de tasa de los créditos de vivienda en pesos y en UVR,por cuanto han cesado las condiciones del mercado que motivaron dicha medida. Dispone que se aplicará la metodología desarrollada por el Banco de la República para establecer la tasa máxima remuneratoria de vivienda, con el propósito de monitorear y calcular la Tasa Mínima Remuneratoria del Fondo Nacional de Ahorro, teniendo en cuenta la evolución de su estructura financiera.
 

 
2010   Acuerdo 1146 de 2010 Fondo Nacional de Ahorro  

Expide el reglamento de crédito para vivienda de los afiliados vinculados a través del Ahorro Voluntario Contractual del Fondo Nacional de Ahorro. De otra parte delega en el presidente del fondo en comento la función de aprobar la adjudicación de créditos a los afiliados, de acuerdo a los criterios establecidos en el Reglamento anteriormente referido.
 

 
2010   Decreto 2555 de 2010 Nivel Nacional  

Determina los términos y condiciones para la celebración de contratos de ahorro voluntario contractual con el Fondo Nacional de Ahorro. Se entenderá por ahorro voluntario contractual, el contrato por el cual las personas mencionadas en el parágrafo 2 del artículo 1 de la Ley 1114 de 2006 se comprometen a realizar depósitos de dinero en el Fondo Nacional de Ahorro, en las cuantías acordadas y a intervalos regulares, hasta cumplir la meta de ahorro en el plazo convenido, con el reconocimiento de intereses remuneratorios a la tasa que libremente determine la junta directiva del Fondo Nacional de Ahorro. Así mismo, establece que las sumas depositadas por los afiliados a título de ahorro voluntario no serán embargables de conformidad con el numeral 4º del artículo 126 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Artículo 10.5.3.1.1, 10.5.10.1.1 A 10.5.10.1.10).
 

 
2014   Decreto 1102 de 2014 Nivel Nacional  

Modifica los artículos 10.5.10.1.3, 10.5.10.1.5, 10.5.10.1.6, 10.5.10.1.7 y 10.5.10.1.9 del Decreto Nacional 2555 de 2010, en lo relacionado con el Ahorro Voluntario Contractual del Fondo Nacional del Ahorro.
 

 

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