Documentos para ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PUBLICOS :: Prevención Drogadicción
Año   Documento   Restrictor  
1986   Decreto 3788 de 1986 Nivel Nacional  

Reglamenta la ley 30 de 1986 o Estatuto Nacional de Estupefacientes. Señala que las Secretarías de Educación en cada unidad territorial, serán responsables del desarrollo de los programas de prevención de la drogadicción, en cumplimiento de las políticas trazadas por el Ministerio de Educación Nacional y el Consejo Nacional de Estupefacientes, directamente o a través de los consejos seccionales de estupefacientes. Como estrategias de prevención de la drogadicción, los institutos docentes públicos y privados de educación primaria y secundaria, media vocacional y educación no formal estarán obligados a partir de la vigencia de este Decreto a constituir y fortalecer organizaciones creativas juveniles e infantiles, según las orientaciones impartidas por el Ministerio de Educación Nacional a través del programa de prevención de la drogadicción.
 

 
1986   Ley 30 de 1986 Congreso de la República de Colombia  

Adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes. Determina que los programas de educación primaria, secundaria y superior, así como los de educación no formal, incluirán información sobre riesgos de la farmacodependencia, en la forma que determine el Ministerio de Educación Nacional y el ICFES, en coordinación con el Consejo Nacional de Estupefacientes. De igual forma las instituciones universitarias públicas y privadas obligadas a ello conforme a la reglamentación que acuerden el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación y el ICFES, incluirán en sus programas académicos el servicio obligatorio gratuito de consultorios clínicos, para la atención de farmacodependientes. Arts. 11 y 12.
 

 

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