Documentos para ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS PUBLICOS :: Banco de Oferentes para Prestación del Servicio Educativo
Año   Documento   Restrictor  
2004   Decreto 4313 de 2004 Nivel Nacional  

Reglamenta la contratación del servicio público educativo por parte de las entidades territoriales certificadas. Dispone que cuando la entidad territorial requiera celebrar uno o más contratos y para determinar las personas jurídicas prestadoras del servicio educativo con quienes se celebrarán, cada entidad territorial certificada conformará un banco de oferentes, caso en el cual podrá contratar con las personas jurídicas prestadoras del servicio educativo que estén inscritas y calificadas en el respectivo banco.
 

 
2007   Ley 1176 de 2007 Congreso de la República de Colombia  

Desarrolla los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, sobre el Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos, y Municipios, entes que prestarán el servicio público de la educación a través del sistema educativo oficial y solamente en donde se demuestre insuficiencia en las instituciones educativas del Sistema Educativo Oficial podrá contratarse la prestación del servicio educativo con entidades estatales o privadas sin ánimo de lucro de reconocida trayectoria e idoneidad, sin detrimento de velar por la cobertura e infraestructura en los servicios educativos estatales. Art. 30.
 

 
2008   Resolución 2350 de 2008 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece directrices, procedimientos y el cronograma para la actualización y ampliación de la oferta educativa del Banco de Oferentes para la contratación del servicio con Instituciones educativas privadas y públicas para el año lectivo 2009.
 

 
2009   Decreto 2355 de 2009 Nivel Nacional  

Reglamenta la contratación del servicio público educativo por parte de las entidades territoriales certificadas. Dispone que cuando la entidad territorial requiera celebrar contratos y para determinar las personas jurídicas prestadoras del servicio educativo con quienes se celebrarán, cada entidad territorial certificada conformará un banco de oferentes, caso en el cual podrá contratar con las personas jurídicas prestadoras del servicio educativo que estén inscritas y calificadas en el respectivo banco.
 

 
2010   Resolución 1576 de 2010 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Actualiza y ampliar la oferta educativa del Banco de Oferentes a través de la identificación y selección de entidades sin ánimo de lucro, estatales o entidades educativas particulares con capacidad para prestar el servicio público educativo en las zonas con déficit de cupos escolares de Bogotá D.C. para el año lectivo 2011.
 

 
2011   Resolución 2015 de 2011 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece directrices y procedimientos para la actualización y ampliación de la oferta educativa del Banco de Oferentes para la contratación del servicio con instituciones educativas privadas y públicas para el año lectivo 2012
 

 
2012   Resolución 54 de 2012 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Cierra el proceso de Banco de Oferentes y publica la lista de elegibles de los 275 colegios que cumplen con los requisitos mínimos establecidos en la Resolución 2015 de 2011 y que aprobaron el proceso del IDEP en el marco del contrato 1497 de 2011 para el año lectivo 2012.
 

 
2012   Resolución 1426 de 2012 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece políticas, procedimientos y el cronograma para definir la oferta y atender la demanda de cupos escolares, en los niveles de preescolar, básica y media del Sistema Educativo Oficial de Bogotá Distrito Capital (D.C.), para el año 2013 con el fin de garantizar el acceso y la permanencia de la población en edad escolar o adulta que lo requiera, en condiciones de eficiencia y equidad.
 

 
2013   Resolución 2190 de 2013 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece la lista de Elegibles del Banco de Oferentes para la contratación de la prestación del servicio educativo para la vigencia 2014. Hacer parte de esta lista no genera obligación alguna para la Secretaría de Educación para contratar la prestación del servicio educativo.
 

 
2014   Resolución 1457 de 2014 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece el proceso de gestión de la cobertura 2014-2015 en los niveles de preescolar, básica y media del Sistema Educativo Oficial de Bogotá, el cual es definido como el conjunto de estrategias, procedimientos y responsabilidades que permiten el acceso y la permanencia de las niñas, niños, adolescentes y adultos en el Sistema Educativo Oficial, con equidad, calidad y eficiencia, así mismo, se indican los objetivos, principios, lineamientos, cobertura por niveles y grados, sistemas de información, atención al ciudadano en el proceso de matricula, integración del Comité de Matrícula; responsabilidades de las direcciones locales, instituciones educativas distritales y de los padres de familia y acudientes, procedimientos, atención a estudiantes con discapacidad, ciclos de adultos y modelos flexibles, tipos de demanda, orden de prioridad para asignación de cupos, edad requerida para el ingreso al sistema educativo oficial, condiciones de inscripción y asignación, población con necesidades educativas especiales, formalización y documentos de matricula, renovación, traslados, gratuidad, cesación, seguimiento, monitoreo, evaluación y cronograma del proceso.
 

 
2015   Decreto 1851 de 2015 Nivel Nacional  

Reglamenta la contratación del servicio público educativo en los niveles de preescolar, básica y media por parte de las entidades territoriales certificadas y se subroga un capítulo del Decreto 1075 de 2015. Se establece el ámbito de aplicación, principios, definiciones, tipos de contrato, demostración de insuficiencias, atención de limitaciones, acreditación de idoneidad, canasta educativa y reglas de conformación, estudios de insuficiencia y limitaciones, contratos para la promoción e implementación de estrategias de desarrollo pedagógico con iglesias y confesiones religiosas, plan anual de contratación, obligaciones generales del contratista y de las entidades territoriales, reglas de selección, contrato y conformación del banco de oferentes; criterios para la celebración del contrato, prohibición de oficialización; seguimiento, vigilancia y supervisión de los contratos, jornada única, reporte de información, formato único de contratación y contratos en ejecución.
 

 
2015   Resolución 1203 de 2015 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece el proceso de gestión de la cobertura 2015-2016 en los niveles de preescolar, básica y media del Sistema Educativo Oficial de Bogotá, el cual es definido como el conjunto de estrategias, procedimientos y responsabilidades que permiten el acceso y la permanencia de las niñas, niños, adolescentes y adultos en el Sistema Educativo Oficial, con equidad, calidad y eficiencia, así mismo, se indican los objetivos, principios, lineamientos, cobertura por niveles y grados, sistemas de información, atención al ciudadano en el proceso de matricula, integración del Comité de Matrícula; responsabilidades de las direcciones locales, instituciones educativas distritales y de los padres de familia y acudientes, procedimientos, atención a estudiantes con discapacidad, ciclos de adultos y modelos flexibles, tipos de demanda, orden de prioridad para asignación de cupos, edad requerida para el ingreso al sistema educativo oficial, condiciones de inscripción y asignación, población con necesidades educativas especiales, formalización y documentos de matricula, renovación, traslados, gratuidad, cesación, seguimiento, monitoreo, evaluación y cronograma del proceso.
 

 
2017   Resolución 26060 de 2017 Ministerio de Educación Nacional  

Establece la metodología para el cálculo del percentil 35, como requisito para poder hacer parte del Banco de Oferentes de las entidades territoriales certificadas en educación, que acuden a la estrategia de contratación para la prestación del servicio educativo y para el cálculo del Percentil 40, para los establecimientos educativos no oficiales que pretendan suscribir contratos de Subsidio a la Demanda. Así mismo, aplica a las entidades territoriales certificadas en educación que acuden a la contratación del servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media por la existencia de condiciones de insuficiencia en la capacidad oficial o limitaciones en el uso de dicha capacidad a los establecimientos educativos no oficiales que prestan servicio educativo en los niveles de preescolar, básica y media y a la comunidad educativa en general.
 

 
2019   Resolución 11223 de 2019 Ministerio de Educación Nacional  

Determina la metodología para el cálculo del Percentil 30 y 35 de acuerdo con los resultados de las Pruebas de Estado Saber, como requisito para postularse al Banco de Oferentes de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación, que acuden a la estrategia de contratación para la prestación del servicio educativo.
 

 
2020   Resolución 20513 de 2020 Ministerio de Educación Nacional  

Establece la metodología para el cálculo del Percentil 30 y 35 como requisito para postularse al Banco de Oferentes de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación, que acuden a la estrategia de contratación para la prestación del servicio educativo.
 

 

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