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Documento |
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Restrictor |
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1927 |
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Acuerdo 61 de 1927 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece en cada barrio una junta de patronato de restaurantes escolares y señala su integración y funciones. Fija los sitios en que funcionarán estos restaurantes y determina los fondos con que se manejarán. Concede un auxilio mensual a la institución Cajas escolares que reparte desayunos y vestidos a los niños pobres de las escuelas primarias de la ciudad y otorga otro auxilio al restaurante comedor de la asociación nacional de estudiantes católicos. |
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1936 |
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Acuerdo 21 de 1936 Concejo de Bogotá, D.C.
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Autorízase ampliamente a la Alcaldía para acordar con el Ministerio de Educación Nacional la construcción de granjas agrícolas y restaurantes escolares para niños de las escuelas públicas municipales |
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1946 |
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Acuerdo 9 de 1946 Concejo de Bogotá, D.C.
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Aprueba un alza en el precio de los almuerzos de los restaurantes escolares, acordada por la Junta Asesora y de Contratos de la Administración Municipal |
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1963 |
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Decreto 144 de 1963 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Dicta normas sobre el régimen de la enseñanza primaria en el Distrito Especial de Bogotá. Establece la jerarquía para el tratamiento y manejo de los asuntos relativos a la Educación Pública Primaria en Bogotá, señalando a los Supervisores entre otras la función de verificar la organización y marcha del suministro del suplemento alimenticio y de los restaurantes escolares e informar oportunamente sobre toda anomalía |
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1984 |
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Acuerdo 7 de 1984 Concejo de Bogotá, D.C.
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Modifica el Artículo 1 del Acuerdo 10 de 1979 que crea el Fondo Rotatorio de la Secretaría de Educación del Distrito, para cumplir entre otros el objetivo de atender el suministro de alimentos e implementos de aseo para los Restaurantes Escolares, así como el mantenimiento, dotación y adecuación de los mismos |
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2001 |
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Ley 715 de 2001 Congreso de la República de Colombia
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Establece los porcentajes que se destinarán a los distritos y municipios para programas de alimentación escolar. Arts 2 y 76. |
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2002 |
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Decreto 159 de 2002 Nivel Nacional
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Reglamenta parcialmente la Ley 715 de 2001, en cuanto a la iinformación para la distribución de los recursos de la participación de propósito general y de la asignación para los programas de alimentación escolar. |
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2002 |
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Directiva 13 de 2002 Ministerio de Educación Nacional
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Con los recursos del Sistema General de Participaciones para alimentación escolar en los distritos y municipios, se busca atender prioritariamente la población escolar rural e indígena. También favorecer a estudiantes pobres y vulnerables matriculados en instituciones educativas oficiales donde no exista atención alimentaria. |
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2007 |
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Ley 1176 de 2007 Congreso de la República de Colombia
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Desarrolla los artículos 356 y 357 de la Constitución Política, sobre el Sistema General de Participaciones de los Departamentos, Distritos, y Municipios. Señala la forma de financiación del programa de alimentación escolar, así como los criterios de distribución de los recursos y la destinación que debe dársele a los mismos. |
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2008 |
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Decreto 313 de 2008 Nivel Nacional
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Reglamenta parcialmente las Leyes 715 de 2001, 1122 y 1176 de 2007, indicando la información que se tendrá en cuenta para la distribución de los recursos por los criterios de (i) déficit de cobertura, (ii) Población atendida y balance del esquema solidario, (iii) esfuerzo de la entidad territorial en la ampliación de coberturas, (iv) Nivel de pobreza, (v) eficiencia fiscal y administrativa, de los recursos de la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico del Sistema General de Participaciones - SGP. De igual forma señala la información que deberá ser tenida en cuenta para la distribución de los recursos adicionales destinados a la atención integral de la primera infancia, y los de la asignación especial para alimentación escolar del SGP. Indica el porcentaje que se utilizará durante la vigencia 2008, para la asignación de los recursos que financian la prestación de los servicios de salud a la población pobre no asegurada y las actividades no cubiertas con subsidios a la demanda. |
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2009 |
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Ley 1355 de 2009 Congreso de la República de Colombia
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Establece estrategias para promover una alimentación balanceada y saludable, en los establecimientos educativos públicos y privados del país, en donde se ofrezcan alimentos para el consumo de los estudiantes, tales como garantizar la disponibilidad de frutas y verduras, así como la adopción de un Programa de Educación Alimentaría siguiendo los lineamientos y guías que desarrollen el Ministerio de la Protección Social y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Determina que el Gobierno Nacional a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, deberá establecer mecanismos para fomentar la producción y comercialización de alimentos, con participación de los entes territoriales, la empresa privada y los gremios de la producción agrícola. Artículo 4. |
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2012 |
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Documento 149 de 2012 Consejo Nacional de Politica Economica y Social Conpes
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En el presente documento CONPES, se ordena realizar Ajuste a la distribución de recursos de la asignación especial para alimentación escolar vigencia 2012, por efecto de la nueva certificación de matrícula oficial 2011 realizada por el Ministerio de Educación Nacional. |
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2015 |
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Acuerdo 614 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.
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Las Secretarías Distritales de Educación y de Integración Social, en el ámbito de su competencia, habilitarán en el aplicativo correspondiente a la inscripción de estudiantes en cualquier ciclo educativo de matrícula, los campos de diligenciamiento de peso y talla, con el fin de generar una alerta temprana de sobrepeso, obesidad o bajo peso en los niños y adolescentes, a fin de adelantar una coordinación interinstitucional con los respectivos colegios y jardines y tomar las acciones pertinentes por parte de estos, en asocio con los padres de familia o acudientes. Las anteriores entidades junto con la Secretaria de Salud, deberán crear programas dirigidos a la comunidad educativa en general y a los estudiantes en particular, con énfasis en hábitos de vida saludable, promoción de la salud y prevención de sobrepeso y obesidad, pudiendo para tales efectos suscribir convenios con las EPS u organizaciones de la sociedad civil, con experiencia comprobada en el tema. |
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2015 |
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Decreto 1852 de 2015 Nivel Nacional
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Adiciona el Decreto 1075 de 2015 Único Reglamentario del Sector Educación, reglamenta el parágrafo 4 del artículo 136 de la Ley 1450 de 2011, el numeral 20 del artículo 6 de la Ley 1551 de 2012, el parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 715 de 2001 y los artículos 16, 17, 18 y 19 de la Ley 1176 de 2007. Se reglamenta el Programa de Alimentación Escolar (PAE), que es la estrategia estatal que promueve el acceso con permanencia de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el sistema educativo oficial, a través del suministro de un complemento alimentario durante la jornada escolar, para mantener los niveles de atención, impactar de forma positiva los procesos de aprendizaje, el desarrollo cognitivo, disminuir el ausentismo y la deserción y fomentar estilos de vida saludables. Se establecen definiciones, operación del programa, ejecución excepcional y funciones por parte del Ministerio Educación, priorización, destinación de recursos, actores del programa, obligaciones de entidades territoriales, seguimiento y monitoreo. |
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2015 |
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Decreto Único Reglamentario 1075 de 2015 Nivel Nacional
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Se reglamenta el Programa de Alimentación Escolar (PAE), que es la estrategia estatal que promueve el acceso con permanencia de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes en el sistema educativo oficial, a través del suministro de un complemento alimentario durante la jornada escolar, para mantener los niveles de atención, impactar de forma positiva los procesos de aprendizaje, el desarrollo cognitivo, disminuir el ausentismo y la deserción y fomentar estilos de vida saludables. Se establecen definiciones, operación del programa, ejecución excepcional y funciones por parte del Ministerio Educación, priorización, destinación de recursos, actores del programa, obligaciones de entidades territoriales, seguimiento y monitoreo. (Adicionado por el art. 1, Decreto Nacional 1852 de 2015.) |
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2016 |
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Ley 1815 de 2016 Congreso de la República de Colombia
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El Ministerio de Educación Nacional apoyará el programa de alimentación escolar PAE de que trata el artículo 76.17 de la Ley 715 de 2001, con los recursos que le sean apropiados en el Presupuesto General de la Nación. De manera excepcional, y de acuerdo con la reglamentación que para el efecto se expida, el Ministerio de Educación Nacional podrá ejecutar directamente los recursos del PAE que le sean apropiados en su presupuesto de inversión. Los recursos que sean transferidos por el Ministerio de Educación Nacional para la operación del PAE, deberán ser ejecutados por las Entidades Territoriales Certificadas en forma concurrente con las demás fuentes de financiación para la alimentación escolar que establezca la normatividad vigente. |
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2018 |
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Resolución 685 de 2018 Secretaría de Educación del Distrito - SED
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Reglamenta el funcionamiento y operación del Programa de Alimentación Escolar, PAE, del Distrito Capital, que comprende el conjunto de acciones orientadas a promover el acceso y la permanencia de los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos del sistema educativo oficial, mediante la entrega de complementos alimentarios durante la jornada escolar, para impactar de forma positiva los procesos de aprendizaje, el desarrollo cognitivo, disminuir el ausentismo y la deserción escolar, fomentando la promoción de prácticas de actividad física y hábitos de alimentación y vida saludable. |
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2019 |
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Resolución 1141 de 2019 Secretaría de Educación del Distrito - SED
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Delega la representación de la Secretaria de Educación del Distrito ante el Comité de Seguimiento Distrital al Programa de Alimentación Escolar - PAE |
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2020 |
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Decreto 533 de 2020 Nivel Nacional
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Adopta medidas para garantizarla ejecución del Programa de Alimentación Escolar y la prestación del servicio público de educación preescolar, básica y media, en el marco del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica |
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2020 |
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Resolución 008 de 2020 Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar - Alimentos para Aprender
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Explica que en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica efectuada por el Gobierno Nacional, se hizo necesario por parte de la Unidad Administrativa Especial para la Alimentación Escolar, expedir la resolución No 007 de abril de 2020. |
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2021 |
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Acuerdo 829 de 2021 Concejo de Bogotá, D.C.
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Se establecen lineamientos y estrategias en las Instituciones educativas oficiales del Distrito Capital para la implementación de tiendas escolares saludables en la provisión de alimentos saludables, higiénicamente preparados y a precios accesibles a la comunidad escolar.
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2021 |
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Resolución 335 de 2021 Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar - Alimentos para Aprender
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Establece principios, directrices técnicas - administrativas y condiciones mínimas como una regulación integral en relación a la prestación del servicio del Programa de Alimentación Escolar (PAE) por parte de las Entidades Territoriales certificadas. El PAE tendrá como fuente de financiación los recursos públicos de orden nacional y territorial de destinación específica establecidos normativamente y como finalidad proporcionar un complemento alimentario que contribuyá al acceso, la permanencia, la reducción del ausentismo y el bienestar de niños, niñas, adolescentes y jóvenes desde el grado preescolar hasta básica y media. |
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2023 |
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Decreto 846 de 2023 Nivel Nacional
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Reglamenta la Ley 2167 de 2021 que garantiza la operación del Programa de Alimentación Escolar (PAE) durante el calendario académico y modifica y adiciona algunas disposiciones del Decreto Único Reglamentario 1075 de 2015 relativas a la contratación, financiamiento y planeación del servicio del PAE. |
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Programa de Alimentación Escolar (PAE)
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