Documentos para ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS D.C. :: Normas Aplicables
Año   Documento   Restrictor  
1997   Concepto 1125 de 1997 Secretaría Distrital de Salud  

Los miembros de las Juntas Directivas, que no sean servidores públicos de los Hospitales Públicos Distritales, cuya naturaleza jurídica corresponda a la de Empresa Social del Estado, devengaran honorarios por asistir a las sesiones ordinarias y extraordinarias de las entidades
 

 
2010   Proyecto de Acuerdo 110 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Implementa el Plan Institucional de Gestión Ambiental  PIGA - en los Colegios de la Red Pública del Distrito Capital.
 

 
2010   Proyecto de Acuerdo 146 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Crea la orden "Mariana Novoa" como reconocimiento a las instituciones de educación inicial por la excelencia en el desarrollo de su actividad. Reconoce el trabajo de aquellas instituciones de educación inicial que se han distinguido en el ejercicio de su labor y que velan por el bienestar de cada niño o niña que se encuentra bajo su cuidado
 

 
2010   Proyecto de Acuerdo 154 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Institucionaliza, en todos los colegios públicos del Distrito Capital, durante la segunda semana del mes de mayo la "Semana temática de la Inteligencia Emocional".
 

 
2011   Circular Externa 20 de 2011 Superintendencia de Industria y Comercio  

Imparte instrucciones a propietarios y administradores de establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas (Hoteles, restaurantes, bares, clubes sociales o culturales, griles, discotecas, cafeterías y similares), con el propósito de simplificar el suministro de in-formación sobre la voluntariedad de la propina para garantizar el respeto de los derechos de los consumidores y aclarar que en ningún caso es admisible la expedición de prefactura, cuenta de cobro, precuenta o similares, en la medida en que el propietario o administrador del establecimiento de comercio tiene la obligación de expedir la correspondiente factura de venta o documento equivalente.
 

 
2011   Proyecto de Acuerdo 154 de 2011 Concejo de Bogotá, D.C.  

Fortalece las competencias y los conocimientos de los alumnos del grado Undécimo de los Colegios Distritales, en las áreas en las cuales se identifiquen deficiencias académicas. Esto con el fin de promover la preparación para las pruebas de estado Saber Icfes 11° y para las pruebas de ingreso a la educación superior.
 

 
2013   Concepto 11555 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

¿(¿) El artículo 11 de la Ley 1437 de 2011, estableció las causales por las cuales el/la servidor/a público/a que deba adelantar o sustanciar actuaciones administrativas, realizar investigaciones, practicar pruebas o pronunciar decisiones definitivas, puede ser recusado si no manifiesta su impedimento (¿) el servidor que se encuentre dentro de algunas de las causales de impedimento, deberá enviar la actuación con escrito motivado y dentro del término allí dispuesto: i) al superior, ii) si no tuviere superior, a la cabeza del respectivo sector administrativo; iii) a falta de los anteriores, al Alcalde Mayor del Distrito Capital. (¿) si bien el Alcalde Mayor tiene la facultad de nombrar y remover libremente al/la directora/a del Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones ¿FONCEP (¿) no se constituye en su superior funcional, (¿) el FONCEP es un establecimiento público del orden distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, lo cual indica que desarrolla las funciones que le han sido asignadas, dentro de la autonomía administrativa de la que está investida (¿) las decisiones que profiere el/la directora/a del FONCEP, sólo son susceptibles del recurso de reposición (¿) no tiene superior funcional ni jerárquico dentro de la misma entidad (¿) no existe otra instancia dentro de la organización del Distrito Capital, que legalmente tenga la función de revisar sus decisiones (¿) el Alcalde Mayor no es el superior jerárquico ni funcional del/la directora/a del FONCEP, postulado que tampoco puede predicarse del/la Secretario/a Distrital de Hacienda (¿). Los impedimentos que formule el Director/a del FONCEP, deberán se resueltos por el/la Alcalde/sa Mayor, precisando que dicha resolución no obedece a que (¿) sea su superior jerárquico, sino que corresponde al cumplimiento de lo ordenado por la norma (¿)¿
 

 
2017   Concepto 37281 de 2017 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Se pronuncia sobre la viabilidad de instalar un restaurante abierto al público en las instalaciones del Jardín Botánico, señalando que: " el predio ubicado en la Av. Calle 63 No. 68  95 no se encuentra a nombre de Bogotá D.C., no tiene código RUPI (Registro Único del Patrimonio Inmobiliario), ni se encuentra en el Inventario de los bienes inmuebles del Distrito, ni por ende, es administrado por el DADEP.", igualmente determinó que es "probado y argumentado la viabilidad jurídica para que el Estado colombiano (incluidos los establecimientos públicos  entidades públicas - de cualquier nivel) puedan volverse auto sostenibles económica, social y ambientalmente, y bajo ese contexto, es perfectamente viable instalar y operar un restaurante abierto al público, cumpliendo todas las normas que regulen la materia."
 

 

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