Año |
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Documento |
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Restrictor |
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2003 |
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Acuerdo 079 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.
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Se tienen como zonas de manejo ambiental los cerros y bosques, Rondas de los ríos, quebradas y canales, Chucuas y humedales, Parques y jardines; comportamientos que deben observarse para su preservación y cuidado, Art. 71 a 78. |
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2011 |
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Decreto 521 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Declara la existencia de condiciones de urgencia, por motivos de utilidad pública e interés social, para la adquisición de los predios requeridos en la ejecución del proyecto denominado Recuperación Ambiental del Humedal Capellanía, determina sus coordenadas con base en el plano elaborado por la Gerencia Ambiental de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá ESP, faculta a esta entidad para que mediante acto administrativo debidamente motivado, identifique el ó los predios que deban ser adquiridos y surta los trámites de expropiación por vía administrativa si a ello hubiere lugar, podrá exigir la entrega material de los inmuebles expropiados, sin necesidad de intervención judicial, para lo cual podrá solicitar la actuación de las autoridades de policía si fuere necesario para la ejecución de dicho proyecto. |
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2017 |
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Resolución 1952 de 2017 Secretaría Distrital de Ambiente
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Se elabora el soporte técnico para la definición de los límites del Corredor Ecológico de Ronda del tramo del canal Sucre, ubicado entre la Av. carrera 1 y su desembocadura al río Arzobispo, para la definición del Cauce, Ronda Hidráulica -RH- y Zona de Manejo y Preservación Ambiental ZMPA- de dicho cuerpo de agua y su incorporación a la actual Estructura Ecológica Principal EEP del Distrito Capital. |
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2018 |
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Resolución 932 de 2018 Secretaría Distrital de Ambiente
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Define el Cauce, la Ronda Hidráulica y Zona de Manejo y Preservación Ambiental ZMPA, del tramo de la quebrada El Chicó denominado Canal Museo El Chicó comprendido entre la Carrera 7ª con Calle 93 A y la Carrera 9ª con Calle 93 B |
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2019 |
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Resolución 953 de 2019 Secretaría Distrital de Ambiente
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Delimita el Cauce, Ronda Hidráulica -RH- y la Zona de Manejo y Preservación Ambiental ZMPA del canal de Córdoba, ubicado sobre la Carrera 54 entre las Calles 170 y 129. |
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2019 |
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Resolución Conjunta 001 de 2019 Secretaría Distrital de Ambiente
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Delimita el Cauce, la Ronda Hidráulica -RH- y la Zona de Manejo y Preservación Ambiental ZMPA- del Parque Ecológico Distrital de Humedal -PEDH Jaboque, localizado al noroccidente de la zona urbana del Distrito Capital, entre las localidades de Engativá, de acuerdo con la líneas y coordenadas definidas por la Empresa de Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Bogotá- EAABESP
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Zonas de Manejo y Preservación Ambiental
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