Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1870 |
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Acuerdo 1 de 1870 Concejo de Bogotá, D.C.
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Se reglamenta el impuesto sobre rifas, juegos y espectáculos públicos, expedición de licencia, art. 1 a 5. Para establecer juegos, exhibir espectáculos o hacer rifas públicas en el Distrito, se pagarán al Síndico de la Casa de Refugio y con destino a este establecimiento, los derechos enunciados, pago anticipado, remate, denuncia de establecimientos que no tengan licencia, multa, art. 6 a 13. Vigencia, art. 14. |
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1889 |
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Decreto 14 de 1889 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Se adoptan medidas de Policía para prevenir desórdenes en el Teatro y para castigar los que se cometan, control y vigilancia sobre comportamientos indebidos, art. 1 a 3. Registro especial, art. 4. Los Inspectores de Policía quedan facultados para dictar las medidas que juzguen convenientes, art. 5. Sanción a los agentes de policía que no cumplan con su deber, art. 6. |
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1890 |
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Decreto 26 de 1890 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Se señala que los empresarios de espectáculos públicos y de casas de juegos de los permitidos por la ley, están en obligación de solicitar la Licencia del caso á la Alcaldía, art. 1. Prohibición de ingreso de menores a los espectáculos, art. 2. Función a cargo de los inspectores municipales, art. 3. |
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1893 |
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Decreto 210 de 1893 Gobernación de Cundinamarca
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Se señala que corresponde a los Alcaldes Municipales, inclusive el de Bogotá, conceder o negar los permisos que soliciten los particulares para dar espectáculos públicos en la respectiva localidad, ordenación y reglamentación, art. 1 a 4. |
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1898 |
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Resolución 1 de 1898 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Se concede permiso por dos años a un particular para establecer la diversión pública de carritos urbanos, denominada Montañas rusas, área, consignación de derechos, art. 1 y 2. |
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1901 |
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Acuerdo 19 de 1901 Concejo de Bogotá, D.C.
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Se señalan los derechos sobre juegos permitidos, espectáculos públicos, deben denunciarse a la junta de Obras Publicas, art. 1. Exención de derechos, art. 2. Multas, sanciones, art. 3 y 4. Vigencia de la Licencia, art. 5. Impuesto, art. 6. Inspección, art. 7. Impuestos mensuales a los juegos señalados, art.8 a 10. Autorización, art. 11. Gravamen de los juegos, art. 12. Si se expende licor, si se deja en prenda se debe pagar el impuesto, art. 13 y 14. |
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1932 |
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Acuerdo 20 de 1932 Concejo de Bogotá, D.C.
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Se clasifican los espectáculos públicos, pago de impuesto y precio de boleta, paz y salvos, liquidación de recaudos, sanciones por incumplimiento, multas, art. 1 a 11. Control y vigilancia, plazo, art. 12 a 14. |
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1947 |
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Acuerdo 43 de 1947 Concejo de Bogotá, D.C.
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Silletería y la boletería de los teatros de primera categoría, deben ser numeradas, prohibición de entrada de menores, censura de espectáculos en protección del menor, art. 1 a 3. Regulación de acceso a los espectáculos, medidas de control y censura, art. 4 a 9. |
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1948 |
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Acuerdo 8 de 1948 Concejo de Bogotá, D.C.
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Reglamentación de censura para las exhibiciones de filmes en los teatros, control, vigilancia, infracciones, multas, exenciones de impuestos sobre espectáculos públicos, art. 1 a 9. |
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1952 |
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Decreto 97 de 1952 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Se reglamenta el uso del Velódromo Municipal para eventos deportivos de fútbol, ciclismo y motociclismo, precios de boletería, art. 1 y 2. Canon de arrendamiento de los espacios, art. 3. Pases de cortesía, art. 4 y 5. Control y vigilancia, art. 6 a 8. Uso de elementos y enseres existentes, art. 9. Reglamentos deportivos, art. 10. Aseo del lugar del evento, art. 11. Control de entradas, art. 12 y 13. Respetar el programa respectivo, art. 14. Prohibiciones, art. 15. Los empresarios prestarán una garantía bancaria para responder del cumplimiento de todas sus obligaciones, art. 16 y 17. Expedición la licencia respectiva, art. 18. |
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1952 |
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Decreto 270 de 1952 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Prohibición de ejecutarse con fines políticos espectáculos públicos, con ánimo de lucro en locales de propiedad municipal, estén éstos en administración directa o por contrato, art. 1 a 9. |
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1962 |
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Acuerdo 65 de 1962 Concejo de Bogotá, D.C.
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Se crea el “Fondo Rotatorio de Espectáculos”, conformación, constitución, recursos, presentación de espectáculos, art. 1 a 6. Señala temporadas taurinas, art. 7 y 8. Autorización para fijar el valor del arrendamiento, contratos, art. 1 a 15. |
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1963 |
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Acuerdo 52 de 1963 Concejo de Bogotá, D.C.
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Las transmisiones o retransmisiones de espectáculos que realicen emisoras, con fines comerciales, desde coliseos de propiedad del Distrito, causarán derechos a favor de éste. El Fondo Rotatorio de Espectáculos, recaudará estos recursos que ingresarán a su patrimonio, art. 1. |
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1969 |
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Decreto 974 de 1969 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Requisitos para la presentación de artistas, compañias de artistas, empresarios nacinales y extranjeros. |
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Antecedentes
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