Documentos para ESTABLECIMIENTOS DE COMERCIO Y/O ABIERTOS AL PUBLICO EN EL DISTRITO CAPITAL :: Fabricación, Expedición, Procesamiento y Envase de Bebidas Energizantes
Año   Documento   Restrictor  
2010   Fallo 434 de 2010 Tribunal Administrativo de Cundinamarca  

Pronunciamiento sobre las objeciones jurídicas parciales contra los numerales 8 y 9 del artículo 27 del proyecto de Acuerdo No.179 de 2008, ¿Por el cual se modifica y adiciona el artículo 27 del acuerdo 79 de 2003 código de policía, en relación con la venta de bebidas energizantes y se dictan otras disposiciones", expedido por el Concejo de Bogotá D.C.¿ Las adiciones que se introducen al proyecto de Acuerdo que son materia de objeción ¿(¿) consistente en que las autoridades distritales debe establecer medidas para la ubicación en estantes separados de las embriagantes a las bebidas energizantes; y ordenar que las etiquetas de los envases de éstas tengan unas características determinadas en especial que cuenten con la advertencia de `Se prohíbe la venta a menores de edad. Su consumo con alcohol es nocivo para la salud¿¿. ¿El fundamento jurídico de la objeción es que el Concejo de Bogotá D.C. carece de competencia para lo anterior puesto que la misma está asignada al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, de acuerdo con las leyes 9 de 1979, artículos 271 y 565; 100 de 1993, artículo 245; y 399 de 1997; y los decretos 3075 de 1997, artículo 35; y 1290 de 1994, expedidos el primero por el Presidente de la República y el segundo por el Ministro de Gobierno Delegatario de las Funciones Presidenciales; y la Resolución 5109 de 2005, expedida por el Ministro de la Protección Social¿. ¿De acuerdo con las normas transcritas le corresponde al Ministerio de Salud (hoy de la Protección Social) fijar las condiciones para la identificación de las bebidas (rótulo) y al Invima autorizar la publicidad que se dirija a la comercialización de dichos productos dentro de la cual se encuentra comprendida la relativa a la etiqueta de identificación de los mismos o rótulo¿.
 

 
2010   Resolución 13710 de 2010 Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA  

Establece el procedimiento y adopta el for¬mato único para la inscripción de los establecimientos dedicados a la fabricación, procesamiento, envase, importación y exportación de bebidas energizantes para consumo humano. Asimismo, señala que el Invima mantendrá una base de datos publicada y actualizada de los establecimientos inscritos, en el caso de presentar novedades en la información suministrada y para efectos de su actualización, los propietarios o representantes legales de los establecimientos inscritos deberán radicar nuevamente ante la Subdirección de Alimentos y Bebidas Alcohólicas el formulario en comento, especificando los cambios que surjan respecto de la información inicialmente aportada.
 

 

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