Documentos para ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR :: Programas Académicos
Año   Documento   Restrictor  
2002   Decreto 1576 de 2002 Nivel Nacional  

Estándares de calidad, Oferta y funcionamiento de los programas académicos de pregrado en Ciencias exactas y naturales, art. 1 a 17. Procedimientos y evaluación de la información, art. 18 a 24.
 

 
2003   Decreto 2566 de 2003 Nivel Nacional  

Establece las condiciones mínimas de calidad para el ofrecimiento y desarrollo de programas académicos de educación superior; denominación académica del programa, justificación, aspectos curriculares, organización de las actividades de formación por créditos académicos, formación investigativa, proyección social, selección y evaluación de estudiantes, personal académico, medios educativos, infraestructura, estructura académico administrativa, autoevaluación, políticas y estrategias de seguimiento a egresados, bienestar universitario, recursos financieros específicos para apoyar el programa. Créditos académicos, registro calificado de programas, oferta y funcionamiento de programas en lugares diferentes al domicilio principal, evaluación de la información, instituciones y programas acreditados de alta calidad, inspección y vigilancia de los programas académicos de educación superior y régimen de transición.
 

 
2003   Decreto 3678 de 2003 Nivel Nacional  

Modifica el artículo 23 del Decreto 2566 de 2003, referente a que los programas en educación superior, deberán contar con registro calificado, el cual equivaldrá a la acreditación previa.
 

 
2003   Resolución 2765 de 2003 Ministerio de Educación Nacional  

Fija el trámite para la aplicación del régimen de transición establecido en el Decreto 2566 de 2003 y la obtención del registro simple; información, plazo, solicitud del registro, designación de evaluadores, visita de evaluación, informe evaluativo, otorgamiento y alcance del mismo, programas que se iniciaron sin registro y que posteriormente lo obtuvieron, exámenes de Estado y regulación de los que se encuentran en trámite de aplicación.
 

 
2005   Resolución 5150 de 2005 Ministerio de Educación Nacional  

Establece el procedimiento para cumplir con el deber de información al Ministerio de Educación Nacional, respecto de los derechos pecuniarios que aplican las instituciones de educación superior, para los programas académicos y cursos que ofrezcan y desarrollen durante el año inmediatamente siguiente, informe que debe presentarse entre el 1 y el 30 de noviembre.
 

 
2006   Decreto 1001 de 2006 Nivel Nacional  

Organiza la oferta de programas de posgrado que corresponden al último nivel de la educación formal superior, el cual comprende las especializaciones, las maestrías y los doctorados. Determina que las instituciones de educación superior legalmente reconocidas en Colombia podrán ofrecer y desarrollar estos programas en convenio con instituciones de educación superior extranjeras. Corresponderá al Ministerio de Educación Nacional otorgar el registro calificado de los programas de especialización, maestría y doctorado, previa verificación del cumplimiento de las condiciones de calidad.
 

 
2006   Resolución 1962 de 2006 Ministerio de Educación Nacional  

Define las características específicas de calidad para la oferta y desarrollo de los programas académicos del nivel de formación profesional en Deporte o en Recreación
 

 
2006   Resolución 1963 de 2006 Ministerio de Educación Nacional  

Define las características específicas de calidad para la oferta y desarrollo del programa académico de Tecnología en Regencia de Farmacia
 

 
2006   Resolución 1964 de 2006 Ministerio de Educación Nacional  

Define las características específicas de calidad para la oferta y desarrollo del programa académico dei nivel de formación profesional en Farmacia.
 

 
2006   Resolución 2755 de 2006 Ministerio de Educación Nacional  

Define las características específicas de calidad para la oferta y desarrollo de los programas académicos en la metodología a distancia. Señala aspectos curriculares a tener en cuenta por los establecimientos de educación superior que ofrezcan esta metodología de estudio, organización en créditos académicos, personal académico, medios educativos, materiales de los cursos y determina que los programas de pregrado en la metodología a distancia actualmente registrados en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior, SNIES, que no tengan registro calificado, tendrán plazo de 1 año, contado a partir de la publicación de la presente resolución para solicitarlo.
 

 
2007   Decreto 3697 de 2007 Nivel Nacional  

Fija el 1 de febrero del año 2009, como plazo máximo para presentar solicitud de registro calificado para los programas de postgrado a nivel de especialización, y el día 1 de agosto de 2008, para presentar solicitud de registro calificado para los programas de pregrado respecto de los cuales el Ministerio de Educación Nacional no haya definido características específicas de calidad ni establecido plazo y que actualmente se encuentren con registro activo en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior, SNIES. El Ministerio de Educación Nacional procederá a la inactivación del registro del respectivo programa en el SNIES, respecto del cual las instituciones de educación superior no presenten la solicitud de registro calificado dentro del plazo establecido.
 

 
2007   Sentencia 782 de 2007 Corte Constitucional de Colombia  

La habilitación que consagra el artículo 8 de la Ley 749 de 2002 para que el Gobierno Nacional reglamente en su totalidad lo relacionado con el registro de programas académicos, los estándares mínimos y los exámenes de calidad de los estudiantes de educación superior, como herramientas de medición y evaluación de calidad e instrumentos de inspección y vigilancia de la educación superior, constituye una habilitación irregular e indebida, por cuanto no existe un referente legal mínimo y suficiente a partir del cual dicha reglamentación pueda llevarse a cabo y, en ese sentido, traspasa íntegramente al Ejecutivo la competencia de regulación general en esas materias sobre educación superior, las cuales corresponden al Congreso de la República, de conformidad con la cláusula general de competencia legislativa y de la reserva general de ley por tratarse de un servicio público. Esta transferencia inconstitucional no puede justificarse argumentado la facultad de inspección y vigilancia de la enseñanza y de los servicios públicos, conferida al Presidente de la República que se encuentra limitada al control de la conformidad con la Ley; ni argumentando el ejercicio de la potestad reglamentaria conferida al Presidente, por cuanto esta potestad presupone la fijación de unos criterios y parámetros legales mínimos y esenciales definidos previamente por el Legislador. La delegación que hace el artículo 8 de la Ley 749 de 2002 para que el Gobierno Nacional realice la reglamentación en relación al registro de programas académicos, los estándares mínimos y los exámenes de calidad de los estudiantes de educación superior, resulta contraria a la Constitución Política.
 

 
2008   Ley 1188 de 2008 Congreso de la República de Colombia  

Regula el registro calificado de programas de educación superior. Establece que para poder ofrecer y desarrollar un programa académico de educación superior que no esté acreditado en calidad, se requiere haber obtenido registro calificado del mismo. Señala las condiciones de calidad de los programas y condiciones de calidad de carácter institucional que deben demostrar las instituciones de educación superior para obtener el registro calificado de los programas académicos, fija el plazo para la expedición del registro, determina que todas las instituciones de Educación Superior podrán ofrecer programas académicos por ciclos propedéuticos hasta el nivel profesional, en todos los campos y áreas del conocimiento, y dispone que las instituciones de educación superior, respecto de los programas académicos en funcionamiento y que tengan en curso solicitud de registro calificado, y hayan presentado las mismas en los términos fijados por el Ministerio de Educación Nacional, mientras se resuelven dichas solicitudes, podrán ser objeto, sin restricción alguna de las diferentes fuentes de recursos y programas de financiación para estudiantes, programas e instituciones de educación superior que se ofrecen por entidades públicas privadas, de carácter mixto o del sector solidario y el Icetex.
 

 
2008   Resolución 3010 de 2008 Ministerio de Educación Nacional  

Determina que a los programas de educación superior que obtuvieron acreditación de alta calidad en vigencia del Decreto 2566 de 2003 y con anterioridad a la Ley 1188 de 2008, y que a la fecha no se les ha asignado el registro, calificado, se les reconocerá dicho registro por el término de 7 años, desde la fecha en que se les otorgó la acreditación de alta calidad, previa solicitud de la institución de educación superior interesada y sin que requiera el proceso de evaluación de que trata el Capítulo V del mencionado decreto.
 

 
2008   Resolución 8888 de 2008 Ministerio de Educación Nacional  

Prorroga hasta el 15 de diciembre de 2008 el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución 5150 de 2005, para la presentación del informe de los valores de los derechos pecuniarios a aplicar en el año 2009 y su justificación cuando sea procedente. Las instituciones deberán remitir copia de los actos internos mediante los cuales hayan fijado los valores respectivos o informar, en caso de que se hubieran remitido para años anteriores, que los mismos continúan vigentes.
 

 
2010   Decreto 1295 de 2010 Nivel Nacional  

Reglamenta el registro calificado de que trata la Ley 1188 de 2008 y la oferta y desarrollo de programas académicos de educación superior. Señala las condiciones para obtener el registro calificado, dicta disposiciones sobre las instituciones y programas acreditados en calidad, créditos académicos, programas organizados por ciclos propedéuticos, programas a distancia y programas virtuales, registro calificado de los programas de posgrado, convenios para el desarrollo de programas académicos, procedimiento del registro calificado, etc.
 

 
2010   Resolución 5443 de 2010 Ministerio de Educación Nacional  

Fija las características específicas de calidad de los programas de formación profesional en educación. La Institución de Educación Superior deberá organizar el Programa de Formación Profesional en Educación con una concepción integral, interdisciplinaria y flexible que fortalezcas las competencias básicas y desarrollen las competencias profesionales de los educadores.
 

 
2010   Resolución 6966 de 2010 Ministerio de Educación Nacional  

Modifica los artículos 3° y 6° de la Resolución 5443 de 2010, que define las características específicas de calidad de los programas de formación profesional en educación.
 

 
2011   Sentencia 426 de 2011 Corte Constitucional de Colombia  

(¿) ¿la acción de tutela procede contra la acción u omisión de las autoridades públicas, que haya violado o amenace violar los derechos fundamentales de un individuo. Para su procedencia como mecanismo sumario para la protección de los derechos se han establecido dos requisitos básicos de procedibilidad: la subsidiariedad y la inmediatez.¿ (¿) ¿para que la misma no se convierta en un medio que antes que útil para procurar la garantía iusfundamental de los derechos, fuese el instrumento para superar la falta de diligencia y la desidia de quien ha omitido acudir al juez para la protección de sus bienes jurídicos más preciados¿ (¿) ¿el derecho a la educación es considerado fundamental porque "es inherente y esencial al ser humano, dignificador de la persona humana, además de constituir el medio a través del cual se garantiza el acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y los demás bienes y valores de la cultura". (¿) ¿el otorgamiento del título se constituye como parte del núcleo esencial del derecho a la educación, siempre y cuando el aspirante haya cumplido la totalidad de los requisitos, que en virtud de la facultad de autorregulación que tienen los entes de educación superior, hayan establecido¿. (¿) ¿Desde el punto de vista del ejercicio del derecho a la autonomía universitaria, los reglamentos "comportan el conjunto de facultades y atribuciones de los establecimientos educativos y los límites a los que se encuentran sometidos". De las atribuciones se destaca la posibilidad de definir la misión y visión de la entidad, así como el proyecto educativo de la misma, el cual se ve reflejado en los currículos y planes de estudio¿. (¿) ¿Esta sujeción de la autonomía universitaria a los principios y derechos Constitucionales permite concluir que ésta no es absoluta e ilimitada y que debe ser ejercida de forma imparcial, razonable y sin vulnerar ninguno de los derechos protegidos en nuestra Constitución¿.
 

 
2013   Ley 1678 de 2013 Congreso de la República de Colombia  

Garantiza la educación de posgrados al 0.1% de los mejores profesionales graduados en las instituciones de educación superior públicas y privadas del país, dichas modalidades de posgrados serán la de especialización, maestría y doctorado. Asimismo, señala sus requisitos, procedimiento de selección, control, seguimiento y reglamentación.
 

 
2014   Resolución 3368 de 2014 Ministerio del Trabajo  

Las Instituciones de Educación Superior con programas en Salud Ocupacional o Seguridad y Salud en el Trabajo debidamente aprobados y reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación Nacional, podrán desarrollar programas de formación y certificación de entrenadores en trabajo seguro en alturas de acuerdo con el perfil establecido en esta norma. Igualmente el entrenador en trabajo seguro en alturas debe contar con el perfil que se señala en esta resolución
 

 
2017   Resolución 820 de 2017 Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses  

Establece el Programa Básico de la Asignatura de Medicina Legal y Ciencias Forenses para Facultades de Pregrado en Medicina, el cual deberá ser integrado a las cátedras de medicina legal a nivel nacional la cual se aplica a las Subdirecciones de Investigación Científica y de Servicios Forenses, las Facultades de Medicina a nivel nacional, y demás autoridades.
 

 
2020   Resolución 21795 de 2020 Ministerio de Educación Nacional  

Establece los parámetros de autoevaluación, verificación y evaluación de las condiciones de calidad de programa para instituciones de educación superior, reglamentadas en el Decreto número 1075 de 2015, modificado por el Decreto número 1330 de 2019, para la obtención, modificación y renovación del registro calificado.
 

 
2023   Decreto 2037 de 2023 Nivel Nacional  

Crea la Orden de reconocimiento a los programas académicos de educación superior que obtienen la Acreditación en Alta Calidad, por primera vez, en consonancia con la política de austeridad en el marco de los principios de la función administrativa, sin dejar de lado el propósito esencial de continuar promoviendo y estimulando la alta calidad de la educación superior.
 

 

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