Documentos para ENTIDADES TERRITORIALES :: Formulario Unico Territorial - FUT
Año   Documento   Restrictor  
2007   Decreto 3402 de 2007 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente el artículo 31 de la Ley 962 de 2005. Adopta el Formulario Unico Territorial - FUT, de reporte de información, mediante el cual se recolectará información sobre la ejecución presupuestal de ingresos y gastos, y demás información oficial básica, para efectos del monitoreo, seguimiento, evaluación y control de las entidades territoriales. El FUT será de obligatorio diligenciamiento y presentación por el sector central de los Departamentos, Distritos y Municipios, y deberán incluir la información solicitada de los diferentes sectores de competencia de la respectiva entidad territorial, así como la que corresponda a los recursos de educación y salud que sean ejecutados por entidades diferentes a las mencionadas anteriormente.
 

 
2011   Decreto 777 de 2011 Nivel Nacional  

Para efectos de la evaluación y seguimiento de que trata el inciso 2° del artículo 89 de la Ley 715 de 2001 y de la elaboración del informe semestral previsto por el artículo 90 de la misma ley, las Secretarías de Planeación Departamental tomarán la información reportada por los municipios en el Formulario Único Territorial (FUT).
 

 
2013   Decreto 155 de 2013 Nivel Nacional  

Modifica parcialmente el Decreto número 313 de 2008, en el entendido que en el artículo 2° de la norma entes mencionada frente a la información para la distribución de los recursos por el criterio de población atendida y balance del esquema solidario de los recursos de la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico del Sistema General de Participaciones se tomará en cuenta la estructura de los usuarios por estrato y la información de subsidios y contribuciones de cada municipio y distrito, incluyendo a las áreas no municipalizadas de los departamentos del Amazonas, Guainía y Vaupés, teniendo en cuenta la distribución de estratos por municipio y distrito, incluyendo a las áreas no municipalizadas de los departamentos antes referidos del Sistema Único de Información (SUI) entre otros. Frente al artículo 5° del Decreto 313 de 2008 queda aduciendo que la información y metodología para el cálculo del criterio de distribución de eficiencia fiscal y administrativa de los recursos de la participación para Agua Potable y Saneamiento Básico del Sistema General de Participaciones, tendrá en cuenta la información presupuestal/fiscal reportada por los municipios y/o distritos a través del Formato Único Territorial (FUT), y el cumplimiento de indicadores administrativos (Sectorial-Metas), verificables a partir de la información reportada por los municipios y/o distritos a través del Sistema Único de Información (SUI).
 

 
2013   Directiva 4 de 2013 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece la obligatoriedad de reportar la información prevista en el RUSICST y el FUT en las fechas correspondientes; diferenciando los componentes de prevención, protección, atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno en los presupuestos de las respectivas entidades, en cumplimiento de las Leyes 387 de 1997 y 1448 de 2011, los Decretos 2669 de 2000 y 4800 de 2011, los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 de 2011, y la Sentencia T-025 de 2004 de la Corte Constitucional con sus autos de seguimiento. Vigencia 2012-2016.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1068 de 2015 Nivel Nacional  

Se adopta un Formulario Único Territorial, FUT, de reporte de información, mediante el cual se recolectará información sobre la ejecución presupuestal de ingresos y gastos, y demás información oficial básica, para efectos del monitoreo, seguimiento, evaluación y control de las entidades territoriales. El referido Formulario, será de obligatorio diligenciamiento y presentación por el sector central de los Departamentos, Distritos y Municipios. Serán responsables por el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la presentación y certificación de la información del Formulario Único Territorial el representante legal de la respectiva entidad territorial, el secretario de hacienda, y el contador público. (Artículos 2.6.4.1. al 2.6.4.2.)
 

 
2015   Ley 1753 de 2015 Congreso de la República de Colombia  

Adopta el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 "Todos por un nuevo país". El Formulario Único Territorial (FUT) deberá contener toda la información del orden territorial sobre la ejecución presupuestal de ingresos y gastos, y demás información oficial básica, de naturaleza organizacional, financiera, económica, geográfica, social y ambiental que sea requerida por las entidades del orden nacional para efectos del monitoreo, seguimiento, evaluación y control de las entidades territoriales. (Artículo 188).
 

 
2016   Decreto 1536 de 2016 Nivel Nacional  

Modifica el Título 4 de la Parte 6 del Libro 2 del Decreto Número 1068 de 2015 en lo concerniente al Formulario Único Territorial, se reglamentan los Artículos 31 de la Ley 962 de 2005 y 188 de la Ley 1753 de 2015, y se dictan otras disposiciones.
 

 

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