Documentos para ESCALAFON DOCENTE :: Inscripción
Año   Documento   Restrictor  
1979   Decreto 2277 de 1979 Nivel Nacional  

Artículo 21 Decreto Nacional 2277 de 1979 Término para decidir la vigencia de la clasificación
 

 
1994   Ley 115 de 1994 Congreso de la República de Colombia  

Artículo 123 Ley 115 de 1994 Las solicitudes de inscripción, deberán ser resueltas en un término máximo de dos (2) meses Operará el silencio administrativo positivo en los términos del artículo 41 del Código Contencioso Administrativo
 

 
2002   Decreto 300 de 2002 Nivel Nacional  

Inscripciones y ascensos en el escalafón, principios de moralidad, celeridad, eficacia e imparcialidad, art. 1 al 3.
 

 
2002   Decreto 1278 de 2002 Nivel Nacional  

Requisitos para inscripción y ascenso en el Escalafón Docente, art. 21. Inscripción y Ascenso en el Escalafón Docente, art. 23
 

 
2002   Resolución 726 de 2002 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Se Delega en la Subsecretaria Administrativa, de la Secretaría de Educación Distrital, la función de decidir sobre las solicitudes de inscripción y ascensos en el escalafón, art. 1.
 

 
2016   Decreto 915 de 2016 Nivel Nacional  

Reglamenta el Decreto-ley 1278 de 2002, en materia de concursos de ingreso al sistema especial de carrera docente, se subroga un capítulo y se modifican otras disposiciones del Decreto número 1075 de 2015 - Único Reglamentario del Sector Educación. Los educadores que superen el período de prueba en los términos del artículo 31 del Decreto-ley 1278 de 2002 adquieren los derechos de carrera en el cargo respectivo y deberán ser inscritos en el escalafón docente o actualizados en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el presente artículo.
 

 
2016   Decreto 1751 de 2016 Nivel Nacional  

Modifica el artículo 2.4.1.4.5.11 del Decreto 1075 de 2015. Se determina que el Ministerio de Educación Nacional contará con un término de treinta días para resolver las reclamaciones presentadas, a partir de la publicación de la lista de candidatos, la entidad territorial certificada cuenta con quince días para expedir el acto administrativo de reubicación salarial dentro del mismo grado o de ascenso de grado en el Escalafón Docente, según el caso, siempre y cuando estén acreditados todos los requisitos establecidos para el efecto en la presente sección.
 

 

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