2003 |
|
Acuerdo 88 de 2003 Concejo de Bogotá, D.C.
|
|
Se adopta el Escudo de la ciudad de Bogotá, uso distintivo en edificios, construcciones, monumentos, art. 1 y 2. |
|
2007 |
|
Concepto 45 de 2007 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
|
|
La utilización de los símbolos de la ciudad, sólo está prohibida cuando se haga con fines políticos partidistas, pero las mismas no prohiben la utilización de estos símbolos, en otros eventos, sino que señalan que su uso debe hacerse sin incurrir en ultraje de los mismos, por ser éstos representaciones del respeto y honra a la ciudad de Bogotá. El escudo y la bandera de Bogotá, deben ser utilizados con el debido respeto a los mismos, pueden ser utilizados, siempre y cuando no se haga uso de éstos con fines políticos partidistas, por prohibición expresa del artículo 5 del Acuerdo Distrital 88 de 2003. |
|