Documentos para EMPRESAS DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS :: Acceso a la Información
Año   Documento   Restrictor  
2007   Acuerdo 299 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece que el Gobierno Distrital, en cabeza de la Secretaría Distrital del Hábitat, adelantará en un marco de concertación interinstitucional con la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, las entidades del nivel nacional competentes en la materia y las empresas prestadoras de los servicios públicos domiciliarios de Bogotá Distrito Capital, un conjunto de gestiones sistemáticas tendientes a promover el acceso de los ciudadanos a la información sobre los servicios públicos domiciliarios, en relación, entre otros, con los temas referidos a los derechos y deberes de usuarios y empresas, la estructura tarifaria, el control social y el Sistema Único de Información (SUI) de la Superintendencia de Servicios Públicos.
 

 
2011   Concepto 491 de 2011 Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios  

Consulta sobre si el artículo 93 de la Ley 1474 de 2001 es aplicable a las empresas de servicios públicos de carácter oficial. (¿) ¿esta Superintendencia no puede exigir, en ningún caso, que los actos o contratos de una empresa de servicios públicos se sometan a aprobación previa suya, razón por la cual esta entidad carece de competencia para indicarle si en su actividad contractual la empresa Aguas de Barrancabermeja S.A. ESP., debe o no aplicar la Ley 1474 de 2011¿ (¿) ¿el ámbito de competencia de la SSPD en relación con los actos y contratos de los prestadores, se contrae de manera exclusiva a vigilar y controlar el cumplimiento de aquellos que se celebren entre las empresas y los usuarios¿ (¿) ¿Por lo tanto, de proceder la Superintendencia de Servicios Públicos a pronunciarse sobre temas que exceden su competencia, aparte de obrar al margen de sus funciones, entraría también a co-administrar las empresas por ella vigiladas¿. (¿) ¿los contratos que celebren las entidades territoriales con las empresas de servicios públicos, para que éstas asuman la prestación de los servicios públicos, o para que sustituyan en la prestación a otra empresa que entre en causal de disolución o liquidación, se regirán por el estatuto general de la contratación pública, y en todo caso el proceso de selección deberá realizarse previa licitación pública.¿
 

 
2018   Resolución 740 de 2018 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP  

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