Documentos para ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA :: Plan de Descongestión, Régimen de Transición, Vigencia
Año   Documento   Restrictor  
2011   Ley 1437 de 2011 Congreso de la República de Colombia  

Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Adopta el Plan Especial de Descongestión para la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, el cual se ejecutará en el grupo de despachos judiciales seleccionados para el efecto, de acuerdo con los volúmenes de negocios a evacuar y funcionará en forma paralela a los despachos designados para asumir las nuevas competencias y procedimientos establecidos en esté Código. También señala que este Código comenzará a regir el dos (2) de julio del año 2012 y sólo se aplicará a los procedimientos y las actuaciones administrativas que se inicien, así como a las demandas y procesos que se instauren con posterioridad a su entrada en vigencia; por lo tanto los que se encuentren en curso seguirán rigiéndose y terminarán con el régimen jurídico anterior. (Arts. 305-308)
 

 
2012   Sentencia C-334 de 2012 Corte Constitucional de Colombia  

La metodología de implementación del Plan Especial de Descongestión consiste en contratar una Gerencia del proyecto que deberá responder por la ejecución del plan y coordinar las tareas operativas con las diferentes instancias de la jurisdicción. Se establecen dos tipos de fases: (1) de diagnóstico para hacer el inventario de los procesos, clasificarlos, costear y elaborar el presupuesto para el Plan, hacer un mapa real de descongestión, planear una estrategia y determinar los despachos especiales que tendrán a su cargo el plan; (2) de ejecución, capacitando funcionarios, entregando los procesos clasificados, publicando y divulgando el Plan y coordinando el seguimiento y control del mismo. La duración del Plan no podrá ser mayor a cuatro años desde su adopción por el Consejo Superior de la Judicatura.
 

 

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