1994 |
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Decreto 1876 de 1994 Nivel Nacional
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Establece que la tutela gubernamental tiene por objeto el control de sus actividades y la coordinación de estas con la política general del Gobierno en los niveles Nacional, Departamental, Distrital y Municipal y particular del sector. Señala que toda Empresa Social del Estado debe organizar el Sistema de Control Interno y su ejercicio, así como contar con un Revisor Fiscal independiente, designado por la Junta Directiva, cuando su presupuesto anual sea igual o superior a 10.000 salarios mínimos mensuales. |
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2022 |
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Circular Externa 037 de 2022 Ministerio de Salud y Protección Social
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Recomendaciones para la no supresión de cargos en vacantes definitivas que sean necesarios para el ejercicio de sus funciones y urge al cumplimiento de su misión institucional con estándares de eficiencia, eficacia y calidad, manteniendo una planta de personal acorde a los servicios ofertados por la Entidad que se requieran para el ejercicio de las funciones de las empresas sociales del estado, las secretarías departamentales y distritales de salud, de acuerdo con las competencias que la ley les asigna, estarán a cargo de la inspección, vigilancia y control al cumplimiento de las directrices. |
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