Documentos para EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO :: Defensa Judicial y Prevención Daño Antijurídico
Año   Documento   Restrictor  
2007   Decreto 195 de 2007 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta y establece directrices y controles en el proceso presupuestal de las Entidades Descentralizadas y Empresas Sociales del Estado. Señala que los créditos judicialmente reconocidos, los laudos arbitrales y las conciliaciones serán presupuestados por las Empresas y con cargo a sus apropiaciones se pagarán las obligaciones que se deriven de éstos, siendo responsabilidad de cada una de éstas defender sus intereses, debiendo realizar todas las actuaciones necesarias en los procesos y cumplir las decisiones judiciales, para lo cual el Representante Legal de cada una de ellas adoptará las medidas conducentes. En caso de negligencia de algún servidor público en la defensa de estos intereses y en el cumplimiento de estas actuaciones, al juez que le correspondió fallar el proceso contra la Empresa de oficio o cualquier ciudadano, deberá hacerlo conocer a la Empresa respectiva para que se inicien las investigaciones administrativas, fiscales y/o penales del caso. Los servidores públicos responderán patrimonialmente por los intereses y demás perjuicios que se causen a la Administración Distrital como consecuencia del incumplimiento, imputable a ellos, en el pago de estas obligaciones.
 

 
2011   Decreto 654 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital. La Secretaría Distrital de Salud y las Empresas Sociales del Estado -E.S.E.- en el Distrito Capital , para atender demandas en acción de reparación directa por la prestación de servicios de salud, en materia de responsabilidad médica, deben tener en cuenta lo previsto en la Circular 5 de 2006 del Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. (Art 101)
 

 
2014   Resolución 148 de 2014 Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital San Cristóbal I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Adopta Políticas de Defensa judicial, las cuales son el conjunto de actuaciones dirigidas a la garantía de los Derechos de la Nación y del Estado y los principios los principios postulados fundamental mente que los sustente, y a la protección efectiva de patrimonio público.
 

 
2014   Resolución 149 de 2014 Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E - Hospital San Cristóbal I Nivel Empresa Social del Estado ESE  

Adopta la Políticas de prevención del Daño Antijurídico en la ESE SAN CRISTOBAL I NIVEL., en orden a la administración del riesgo y la prevención del Daño Antijurídico que puede ser generado por causa del conflicto judicial, en los diferentes campos de las actuaciones de la E.S.E., de conformidad con los postulados constitucionales y legales urgentes.
 

 

Total: 4 documentos encontrados para EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO :: Defensa Judicial y Prevención Daño Antijurídico