Documentos para ENTIDADES DESCENTRALIZADAS :: Indirectas
Año   Documento   Restrictor  
2007   Radicación 1844 de 2007 Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil  

Cuando la norma reitera la necesaria intervención del Congreso de la República, las asambleas departamentales y los concejos distritales y municipales, en la creación de las entidades descentralizadas, no excluye a las denominadas indirectas, y no podría hacerlo porque si bien la Constitución Política no las menciona tampoco contiene elementos que fundamenten un régimen diferente o especial; por su parte, el legislador, al desarrollar los numerales 15 y 16 del artículo 189 constitucional, en la ley 489 de 1998, las ubica como parte del capítulo XIII, "entidades descentralizadas", de manera que esta denominación configura un concepto genérico del que forman parte las descentralizadas indirectas... la figura de las entidades descentralizadas indirectas tuvo desarrollo legal más amplio en la normatividad proveniente de la reforma administrativa de 1968, con el mismo tratamiento de autorizaciones ahora vigente, y que sustentó el concepto jurisprudencial de que esas entidades constituían una modalidad de la descentralización por servicios... El numeral 9 del artículo 12 del decreto 1421 de 1993 no ha sido derogado por el artículo 49 de la ley 489 de 1998,... La creación de las entidades descentralizadas indirectas en el Distrito Capital de Bogotá, debe ser expresamente autorizada por el Concejo Distrital, por iniciativa del Alcalde Mayor, de conformidad con los artículos 12, numeral 9, y 13 del decreto 1421 de 1993. Para concurrir al acto de constitución, las entidades públicas autorizadas a participar deben contar con la autorización de que trata el parágrafo del artículo 49 de la ley 489 de 1998.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1070 de 2015 Nivel Nacional  

Son Entidades Descentralizadas Indirectas del Sector Defensa: Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial  COTECMAR y la Corporación de Alta Tecnología para la Defensa, CODALTEC. (Artículo 1.2.3.1).
 

 
2020   Concepto 2020EE de 2020 Secretaría Distrital de Desarrollo Económico  

Indica que respecto de las entidades descentralizadas indirectas, mediante Sentencia C-671 de 1999 se declaró la exequibilidad del artículo 96 de la Ley 489 de 1998, previo análisis de la figura de asociación entre entidades públicas y persona jurídica sin ánimo de lucro en los términos a continuación (&) La disposición acusada será declarada exequible bajo la consideración de que las características de persona jurídica sin ánimo de lucro y la sujeción al derecho civil se entienden sin perjuicio de los principios y reglas especiales propios de la función administrativa establecidos en el artículo 209 de la Constitución, que para el derecho civil y normas complementarias no resultan de aplicación estricta e imperativa.
 

 

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