Documentos para ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES :: Gestor Ambiental
Año   Documento   Restrictor  
2008   Acuerdo 333 de 2008 Concejo de Bogotá, D.C.  

Implementa en todas las Entidades del Distrito Capital, la figura de Gestor Ambiental, con el objetivo principal de reducir los costos ambientales en las Entidades del Distrito.
 

 
2009   Acuerdo 403 de 2009 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece la obligación de las Entidades Públicas Distritales, de mantener apagadas las luces de sus edificios y oficinas durante toda la noche, siendo responsabilidad de los Gestores Ambientales designados por las directivas en cada Entidad, en los términos del Acuerdo Distrital 333 de 2008, velar por el cumplimiento de ésta disposición.
 

 
2009   Decreto 243 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta la figura del Gestor Ambiental prevista en el Acuerdo 333 del 2008, en todas las Entidades del Distrito Capital. Señala los requisitos para su designación, las funciones que deberá cumplir, sus deberes, reuniones, así como su prioridad para participar en la Comisión Intersectorial para la sostenibilidad, protección ambiental y el ecourbanismo del Distrito Capital o en el Consejo Ambiental Distrital Capital, y la terminación de su designación.
 

 
2010   Decreto Local 9 de 2010 Alcaldía Local de Antonio Nariño  

Establece la figura de Gestor Ambiental en la Alcaldía Local Antonio Nariño, con el objetivo principal de realizar acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales producidos por sus actividades. Las acciones del gestor ambiental se centrarán en el seguimiento y control del impacto ambiental de las actividades diarias de la Entidad, siguiendo los lineamientos establecidos por el Sistema Ambiental del Distrito Capital - SIAC. Asimismo, señala las funciones, deberes y la prioridad para participar en la Comisión Intersectorial para la sostenibilidad, protección ambiental y el ecourbanismo del Distrito Capital o en el Consejo Ambiental Distrital Capital, en condición de delegado del Alcalde(sa) Local, cuando éstas lo requieran.
 

 
2011   Decreto 607 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta la Política Pública para la Gestión de la Conservación de la Biodiversidad en el Distrito Capital, que se estructura en cinco (5) ejes que contienen catorce (14) estrategias y éstas, a su vez, veintinueve (29) lineamientos. Se aplicará en el territorio urbano y rural de Bogotá, Distrito Capital y de su implementación son responsables las entidades, órganos y organismos que hacen parte de los Sectores que integran la estructura de la Administración Distrital, incluyendo el sector de las Localidades. Tiene por objeto definir las medidas necesarias que garanticen una gestión eficiente de la conservación de la biodiversidad del Distrito Capital; para que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de sus pobladores y a la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados del conocimiento y uso sostenible de sus componentes, reconociendo la importancia del contexto regional. Se proyecta culminar algunas acciones concretas, en un horizonte de corto plazo para el año 2014, a mediano plazo en el año 2020 y a alcanzar en un 100% los objetivos de la política en el año 2038.
 

 
2011   Decreto 681 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Observatorio Ambiental de Bogotá, D.C., cuyo objeto es ser un sistema oficial de reporte y divulgación de la información, estadísticas e indicadores ambientales que producen las entidades de la Administración Pública Distrital. La administración integral del Observatorio Ambiental de Bogotá, su base de datos, gestión de contenidos y la plataforma informática estará a cargo de la Secretaría Distrital de Ambiente; de igual forma impartirá la formación y capacitación necesaria para que las entidades competentes carguen y actualicen la información, estadísticas e indicadores del Observatorio Ambiental de Bogotá. Cada entidad nombrará un funcionario de planta que se responsabilice del cargue, actualización y gestión de la información, estadísticas e indicadores del Observatorio y el nombre de dicho funcionario será comunicado por cada entidad a la Secretaría Distrital de Ambiente. La gestión de la información del Observatorio estará acorde con los Sistemas Integrados de Gestión del Distrito Capital. El cargue y actualización de la información se sujetará al procedimiento definido por la Secretaría Distrital de Ambiente, en un término no mayor de dos (2) meses contados a partir de la expedición del presente Decreto.
 

 
2011   Resolución Reglamentaria 38 de 2011 Contraloría de Bogotá D.C.  

Designa la figura de Gestor Ambiental para la Contraloría de Bogotá, al (la) Subdirector (a) de Servicios Administrativos quien cumplirá sus funciones y deberes encaminados a la reducción de costos ambientales y al seguimiento y control del impacto ambiental de las actividades de la Entidad, siguiendo los lineamientos establecidos por el sistema ambiental del Distrito Capital.
 

 
2014   Resolución 242 de 2014 Secretaría Distrital de Ambiente  

Adopta los lineamientos para la formulación, concertación, implementación, evaluación, control y seguimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA. Dicho plan deberá ser implementado por las entidades del Sector Central, el Sector Descentralizado, funcionalmente o por servicios, y el Sector de las Localidades del Distrito Capital, y deberá estar armonizado con el Subsistema de Gestión Ambiental en las Entidades y Organismos Distritales. Cada Entidad creará un comité interno con el fin de garantizar la efectiva, eficiente y eficaz formulación, concertación, implementación, seguimiento y evaluación del Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA, el cual será coordinado por el Gestor Ambiental designado y los profesionales responsables de la implementación del PIGA. Éste podrá corresponder al Comité del Sistema Integrado de Gestión y conformarse por directivos, funcionarios o contratistas pertenecientes a cada una de las áreas de la entidad.
 

 
2015   Decreto 165 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Establece la figura de Gestor Ambiental en todas las Entidades del Distrito Capital, con el objetivo principal de realizar acciones conducentes a la reducción de los costos ambientales producidos por sus actividades.
 

 
2015   Resolución 558 de 2015 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte  

Designa como Gestora Ambiental de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a la Servidora Pública, María Cecilia Quiasúa Rincón, quien actualmente desempeña el cargo de Directora Técnica de la Dirección de Gestión Corporativa de la SCRD.
 

 
2015   Resolución 1734 de 2015 Caja de Vivienda Popular  

Designa como Gestor Ambiental de la Caja de la Vivienda Popular, al Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, el cual cumplirá las funciones y deberes señalados en el Decreto Distrital 165 de 2015.
 

 
2015   Resolución Reglamentaria 25 de 2015 Contraloría de Bogotá D.C.  

Designa como Gestor Ambiental de la Contraloría de Bogotá D.C., al Director Administrativo de la entidad. En el evento de ausencias temporales del funcionario, asumirá como Gestor Ambiental el Subdirector Administrativo.
 

 

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