Documentos para ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES :: Recursos de Cooperación Nacional e Internacional
Año   Documento   Restrictor  
2010   Acuerdo 438 de 2010 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece la obligación de presentar un informe de gestión y ejecución de recursos de cooperación nacional e internacional del distrito, por lo que la Secretaría Distrital de Planeación o la entidad encargada de la coordinación de los recursos de cooperación, presentará al Concejo de Bogotá, D.C., un informe de gestión y ejecución de los recursos de cooperación nacional e internacional que reciba el Distrito en la vigencia fiscal, para el desarrollo de planes, programas y proyectos provenientes de organismos nacionales e internacionales, de cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera, pública o privada, sin importar su objeto y dentro del marco de las normas legales vigentes. Este informe se debe presentar por escrito a la Secretaría General del Concejo de Bogotá, D.C., a más tardar el último día hábil del mes de febrero de cada año y sustentarse ante la Plenaria del Concejo de Bogotá.
 

 

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