Documentos para ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES :: Firma Digital y Mecánica
Año   Documento   Restrictor  
2010   Resolución 7779 de 2010 Secretaría Distrital de Ambiente  

Adopta la firma digital y mecánica para los documentos que se generen y tramiten a través del Sistema de Información para la automatización de procesos y manejo electrónico de documentos FOREST, bajo parámetros de seguridad y protección, vinculados a una clave del suscriptor y para los documentos que se oficialicen a través de este sistema.
 

 
2011   Concepto 45456 de 2011 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

"...Esta oficina recomendó que la Oficina Administrativa REDP verificara si la firma que se genera a través del Sistema de Gestión Documental Marca de Agua Digital -SGDMAD- cumplía con los requisitos 3 y 4 del artículo 28 de la ley 527 de 1999. Lo anterior fue desarrollado mediante el radicado al que hoy damos respuesta en los siguientes términos: La firma digital está asociada al perfil de cada usuario y lo anterior se demuestra por ejemplo: 1). en los privilegios o posibilidades que corresponden en la elaboración del documento; 2). por el uso de una contraseña; 3). por el control en la modificación del documento. Es posible ligar el contenido del mensaje a una única marca de agua digital lo que permite verificar su autenticidad. Así las cosas, se tienen por verificadas las condiciones que requerían ser aclaradas por esta Oficina, y, respecto al numeral 5 del artículo del artículo (sic) 28 de la ley 527 de 1999 nos atenemos a lo expuesto en la comunicación anterior y al Concepto No. 28 de 2010 emitido por la Secretaria General."
 

 
2011   Resolución 1 de 2011 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. - Comisión Distrital de Sistemas - CDS  

Define los estándares para la captura de huella dactilar, toma de fotografía y digitalización de documentos de identificación de los/as ciudadanos/as en las entidades, los organismos y los órganos de control de Bogotá, Distrito Capital.
 

 
2012   Circular 1 de 2012 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Informa a los Secretarios de Despacho, Directores de Departamentos Administrativos, Gerentes, Presidentes y Directores de Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas Especiales, Empresas Industriales y Comerciales Del Distrito, Sociedades de Economía Mixta, Sociedades Entre Entidades Publicas, Empresas de Servicios Públicos, Empresas Sociales del Estado, Rector del Ente Universitario Autónomo y Alcaldes Locales responsables del manejo de fondos, bienes o recursos públicos que para entregar el contenido de la información mensual, intermedia y anual que deben realizar los sujetos de control a través del SIVICOF cada sujeto de control deberá certificar la veracidad de la información allí registrada en cada Informe, mediante la respectiva firma digital certificada.
 

 
2013   Circular 46 de 2013 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Señala que la Secretaría General a través de la Dirección Jurídica Distrital, en el marco del Plan de Desarrollo 2012-2016 ¿Bogotá Humana¿ y como un aporte a la estrategia para la implementación normativa y tecnológica del uso de la información y el conocimiento como medio facilitador de la interacción entre la ciudadanía y la Administración Distrital, incluida dentro del Capítulo IV del eje 3 ¿Una Bogotá que defiende y fortalece lo público¿ ha desarrollado el documento de relatoría No. 011 de 2013 ¿Implementación de Archivos, Documentos y Medios Electrónicos en materia Administrativa y Judicial en el Distrito Capital¿ el cual puede ser consultado en el Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá, link ¿Documentos de Relatoría¿ ingresando por la página de www.bogota.gov.co parte inferior de la pantalla opción Normatividad o en www.alcaldiabogota.gov.co donde se encuentra el link al sistema de información. De otra parte, menciona que en este estudio pueden encontrar la recopilación de las principales normas expedidas a nivel Nacional y Distrital relacionadas con temas tales como los sistemas y archivos de gestión, características, presunción de autenticidad, inalterabilidad, conservación y fiabilidad de los documentos electrónicos; páginas web, firma digital, criterios de confiabilidad y efectos jurídicos; el uso de las tecnologías de la información en las actuaciones judiciales y administrativas, los requisitos, clases y productos que deben ofrecer las entidades certificadoras de datos electrónicos; políticas del gobierno en línea, así como algunas directivas relativas a la promoción del uso de las herramientas electrónicas en los procesos de gestión de las entidades públicas.
 

 
2018   Concepto 220182 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital  

En concordancia con los pronunciamientos emitidos por la Superintendencia de Industria y Comercio-SIC-, respecto a la validez de la firma mecánica aplicada a un correo electrónico, se reitera que por hacer parte de un mensaje de datos, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 527 de 1999, su eficacia, validez o fuerza obligatoria y probatoria deberá ser evaluada de acuerdo con las normas particulares previstas en los artículos 3 a 25 de dicha ley y con las generales establecidas en el Código General del Proceso, para analizar la prueba documental, al tiempo que las consecuencias jurídicas del mensaje de datos se regirán por las normas aplicables al acto o negocio que contenga. Por lo tanto, si la firma mecánica (escaneada) en el documento remitido a través de mensaje de datos (correo electrónico) cumple con las condiciones establecidas en el artículo 7 de la Ley 527 de 1999, dentro de las cuales no se encuentra la de ser firma digital, la validez o eficacia del acto que aprueba dependerá del efecto que las normas especiales o generales que lo regulen le confieran a esa firma.
 

 

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