Documentos para ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES :: Sistema de Información de Personas juríidicas - SIPEJ
Año   Documento   Restrictor  
2012   Decreto 397 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Las entidades y organismos distritales deberán y reportar cada dos meses a la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas sin Ánimo de Lucro - Superpersonas Jurídicas de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la relación de las personas jurídicas sin ánimo de lucro que han recibido recursos públicos distritales de su respectivo ente distrital; señalando nombre, objeto social, entidad contratante, fecha de suscripción, tipo de aporte (indicando si éste corresponde a donación - dinero o especie, contrato o convenio, plazo y objeto del mismo), monto o cuantía y territorio o lugar en el que se llevará a cabo el objeto. Las entidades y organismos distritales que pretendan suscribir contratos o convenios con personas jurídicas sin ánimo de lucro domiciliadas en Bogotá, D.C., verificarán con la entidad u organismo distrital encargada de su inspección, vigilancia y control, que tales organizaciones estén cumpliendo con sus obligaciones legales.
 

 
2015   Decreto 530 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Las entidades y organismos distritales que realicen trámites de reconocimiento de personería jurídica, habilitación de servicios u otorgamiento de licencias de funcionamiento, a entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en el Distrito Capital, deben incorporar, actualizar y mantener disponible en el Sistema de Información de Personas Jurídicas SIPEJ-, la información del reconocimiento de la personería jurídica, habilitación de servicios, u otorgamiento de licencias de funcionamiento a su cargo.
 

 

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