Documentos para ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO :: Sistema de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ
Año   Documento   Restrictor  
2006   Circular 28 de 2006 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Coloca a disposición de las Secretarias de Educación y Salud, Directores del Dama, DABS, DAAC, Directores del IDRD, IDCT y Subdirección de Personas Jurídicas de la Secretaria General, Entidades Encargadas de la Inspección, Vigilancia y Control de Entidades sin Ánimo de Lucro, , el Sistema de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ, disponible en la página web de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., y que constituye una herramienta unificada para el registro, inspección, vigilancia y control de las personas jurídicas sin ánimo de lucro registradas en Bogotá. Con esta herramienta se garantiza la unificación y centralización de la información de las citadas personas jurídicas ingrediente fundamental para el análisis, definición de estrategias de coordinación y articulación entre actores públicos y privados.
 

 
2008   Convenio de Cooperación 483 de 2008 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Convenio Interadministrativo de Cooperación celebrado entre el Distrito Capital - Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D. C. y la Alcaldía Municipal de Soacha, en desarrollo del cual la Secretaría General permitirá a la Alcaldía de Soacha la utilización de una copia del software del Sistema de Información de Procesos Judiciales SIPROJWEBBOGOTÁ, D. C., Sistema de Información Disciplinario - SID y Sistema de Información de Personas Jurídicas - SIPEJ.
 

 
2009   Decreto 172 de 2009 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Ordena la integración al Sistema de Información de Personas Jurídicas ¿ SIPEJ- de los organismos Distritales que ejercen las funciones de registro, inspección, vigilancia y control a las entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en Bogotá, D.C. La Secretaría de Educación del Distrito y la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte se integrarán al SIPEJ antes del 30 de noviembre de 2009. Las Secretarías de Integración Social, de Salud, de Ambiente y del Hábitat, se integrarán 2 por cada año sin superar el 30 de noviembre del 2011, conforme a la programación que al efecto determine la Secretaría General, y sin que ello obste para que la unificación de la información se lleve a cabo con antelación a la fecha límite prevista, de acuerdo con las gestiones, avances y metas alcanzadas.
 

 
2011   Decreto 654 de 2011 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Modelo de Gerencia Jurídica Pública para las entidades, organismos y órganos de control del Distrito Capital. La Secretaría General tendrá a su cargo la Administración General e Interinstitucional de los sistemas de información jurídicos distritales, concebidos y utilizados en Internet, los cuales se encuentran disponibles en la página principal de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. en www.bogota.gov.co. (Art 107) El Sistema de Información de Personas Jurídicas ¿SIPEJ-, es una herramienta unificada para el registro, inspección, vigilancia y control de las entidades sin ánimo de lucro -ESAL- registradas en Bogotá. Garantiza la unificación y centralización de la información de las citadas personas jurídicas, componente fundamental para el análisis, definición de estrategias de coordinación y articulación entre actores que manejan recursos públicos y privados. Corresponde a las Secretarías de Educación, Cultura, Recreación y Deporte, Salud, Ambiente, Hábitat e Integración Social, integrarse al Sistema de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ- antes del 31 de diciembre de 2011, en desarrollo de los compromisos de gobierno, disponer los medios necesarios y realizar y ejecutar las acciones requeridas a fin de lograr el manejo integral y unificado de la información de las entidades sin ánimo de lucro, a efectos de lograr el objeto misional del sistema para el Distrito Capital.
 

 
2012   Decreto 397 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Las entidades y organismos distritales deberán y reportar cada dos meses a la Subdirección Distrital de Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas sin Ánimo de Lucro - Superpersonas Jurídicas de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, la relación de las personas jurídicas sin ánimo de lucro que han recibido recursos públicos distritales de su respectivo ente distrital; señalando nombre, objeto social, entidad contratante, fecha de suscripción, tipo de aporte (indicando si éste corresponde a donación - dinero o especie, contrato o convenio, plazo y objeto del mismo), monto o cuantía y territorio o lugar en el que se llevará a cabo el objeto. Las entidades y organismos distritales que pretendan suscribir contratos o convenios con personas jurídicas sin ánimo de lucro domiciliadas en Bogotá, D.C., verificarán con la entidad u organismo distrital encargada de su inspección, vigilancia y control, que tales organizaciones estén cumpliendo con sus obligaciones legales.
 

 
2014   Circular 97 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Las Alcaldías Locales deberán verificar el cumplimiento a los requisitos identificados por la Corte Constitucional en Sentencia C-324/09 M.P J. Henao en cuanto a que la entidad contratada "(...) (i) sea de reconocida idoneidad. (ii) Se busque impulsar programas o actividades de interés público. (iii) Estos programas o actividades se encuentren acordes con el plan nacional y los planes seccionales de desarrollo. (iv) La contratación se realice en los términos previstos en el reglamento expedido por el Gobierno Nacional con tal propósito". Por lo anterior, solicita a la Secretaría Distrital de Gobierno el seguimiento y evaluación a través de Subsecretaria de Asuntos Locales, para que cada una de las Alcaldías Locales dispongan lo pertinente a efectos de verificar en cada Localidad, si han suscrito contratos con Entidades Sin Ánimo de Lucro y si han cumplido con los lineamientos antes señalados. Lo anterior, a efectos de consolidar la información en el Sistema de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ de la Secretaría General. Aquellos contratos suscritos con persona natural, ONG'S, no domiciliadas en distrito capital, deberán ser reportadas directamente a la Dirección de Asuntos Locales de la Secretaría Distrital de Gobierno.
 

 
2015   Decreto 530 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Las entidades y organismos distritales que realicen trámites de reconocimiento de personería jurídica, habilitación de servicios u otorgamiento de licencias de funcionamiento, a entidades sin ánimo de lucro domiciliadas en el Distrito Capital, deben incorporar, actualizar y mantener disponible en el Sistema de Información de Personas Jurídicas SIPEJ-, la información del reconocimiento de la personería jurídica, habilitación de servicios, u otorgamiento de licencias de funcionamiento a su cargo.
 

 
2019   Circular 008 de 2019 Secretaría Jurídica Distrital  

Publica la presente Circular en el Régimen Legal y difunde a través de la página del Sistema de Información de Personas Jurídicas -SIPEJ-
 

 
2023   Acuerdo 912 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.  

Fortalece el funcionamiento del Sistema Unificado Distrital de Inspección, Vigilancia y Control (SUDIVC) a empresas y/o establecimientos de comercio en el Distrito Capital.
 

 

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