Documentos para PROGRAMAS DISTRITALES DE INTERÉS GENERAL :: Programa para el Aprovechamiento de Llantas y Neumáticos Usados en Obras de Infraestructura de Transporte Urbano
Año   Documento   Restrictor  
2011   Resolución 6981 de 2011 Secretaría Distrital de Movilidad  

Establece los lineamientos para el aprovechamiento de llantas y neumáticos usados y de llantas no conforme en obras de infraestructura del transporte urbano: vías vehiculares, peatonales, ciclovías, puentes, túneles, etc, del Distrito Capital, disposiciones que son de obligatorio cumplimiento. Por ende toda persona que ejecute y adelante procesos constructivos de obras de infraestructura del transporte urbano del Distrito Capital debe prever el uso de éstos materiales en un porcentaje no inferior al 5% de metros cuadrados por cada contrato de obra, con excepción de aquellos que a la entrada en vigencia de la presente resolución tengan estudios y diseños aprobados. El porcentaje aducido aumentará anualmente en cinco (5) unidades porcentuales hasta alcanzar el 25%, siendo estos procesos constructivos reportados los primeros quince (15) días de los meses de junio y diciembre de cada año a la Secretaría Distrital de Ambiente por medio del formulario que ésta entregue para el efecto, siendo el primer reporte en junio de 2013.
 

 
2013   Circular 7 de 2013 Secretaría Distrital de Ambiente  

Solicita a cada una de las entidades y/u organismos distritales que ejecuten y adelanten procesos constructivos de obras de infraestructura del transporte urbano del distrito capital, verificar y dar cumplimiento del contenido en la Resolución 6981 de 2011 "Por la cual se dictan lineamientos para el aprovechamiento de llantas y neumáticos usados, y llantas no conforme en el Distrito Capital".
 

 
2015   Acuerdo 602 de 2015 Concejo de Bogotá, D.C.  

Promueve las diferentes alternativas de reutilización y aprovechamiento de las llantas usadas en el Distrito Capital. El Distrito Capital deberá a través de la autoridad competente promover la inclusión de los establecimientos de comercio o locales que realicen suministro, cambio y/o mantenimiento de llantas en una política de pos consumo e integrarlos al Sistema de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Llantas Usadas aprobado por la Autoridad competente.
 

 
2015   Decreto 442 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se crea el programa de aprovechamiento y/o valorización de llantas usadas en Bogotá, el cual se aplicará todas las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, y en general a todos los actores que almacenan llantas o subproductos derivados de actividades de tratamiento o su aprovechamiento; ejecuten y/o adelanten procesos constructivos con asfalto, en obras de infraestructura del transporte en el Distrito Capital, todas las Entidades que conforman la administración pública distrital, que cuenten con vehículos de transporte con llantas de rin 15" en adelante, maquinaria y equipos propios o en alquiler, y las Entidades que conforman la administración pública del Distrito que realicen obras en áreas destinadas para recreación y deporte. Se establecen definiciones, las obligaciones y registro de gestores y acopiadores, aprovechamiento en obras de infraestructura, obligaciones de la Secretaría de Ambiente, Alcaldes Locales y consumidores; prohibiciones, entre otras disposiciones para el cumplimiento del programa.
 

 
2016   Decreto 265 de 2016 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Se modifica el Decreto Distrital 442 de 2015 en los temas relacionados con el registro para acopiadores y gestores de llantas, planes de contingencia, el aprovechamiento en obras de infraestructura del transporte en el Distrito Capital y la mesa distrital de llantas usadas.
 

 

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