Documentos para SOCIEDADES COMERCIALES :: Sociedad por Acciones Simplificada
Año   Documento   Restrictor  
2008   Ley 1258 de 2008 Congreso de la República de Colombia  

Crea la sociedad por acciones simplificada, cuya constitución deberá hacerse mediante contrato o acto unilateral que conste en documento privado e inscribirse en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio del lugar en que la sociedad establezca su domicilio principal. Este tipo de sociedad se regirá por las disposiciones contenidas en los estatutos sociales, por las normas legales que rigen a la sociedad anónima y, en su defecto, en cuanto no resulten contradictorias, por las disposiciones generales que rigen a las sociedades previstas en el Código de Comercio. Así mismo, las sociedades por acciones simplificadas estarán sujetas a la inspección, vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades.
 

 
2009   Decreto 2020 de 2009 Nivel Nacional  

Reglamenta el artículo 28 de la Ley 1258 de 2008, por la cual se crea la sociedad por acciones simplificada, precisando que únicamente estará obligada a tener Revisor Fiscal cuando (i) reúna los presupuestos de activos o de ingresos señalados para el efecto en el parágrafo 2° del artículo 13 de la Ley 43 de 1990, o (ii) cuando otra ley especial así lo exija. También podrán ser elegidos como Revisor Fiscal de Sociedades por Acciones Simplificadas, los contadores públicos autorizados debidamente inscritos ante la Junta Central de Contadores.
 

 
2014   Sentencia 237 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

La Corte expresó lo siguiente a propósito de este tipo de sociedades: "la finalidad del legislador con la creación de las S.A.S, se ajusta al propósito constitucional de estímulo al desarrollo empresarial, por medio de la actualización de los instrumentos legales en la creación de empresa. Lo que no implica que las características de simplicidad y flexibilidad en la constitución de éste tipo de sociedades, impacten de igual forma las garantías del ente moral frente a los derechos de terceros."
 

 
2014   Sentencia C-090 de 2014 Corte Constitucional de Colombia  

El establecimiento del límite de la responsabilidad de los accionistas de una sociedad por acciones simplificadas al monto de los aportes, frente a las obligaciones laborales de la sociedad, no constituye una desprotección de los derechos del trabajador ni un incumplimiento de las disposiciones constitucionales que amparan el trabajo y la dignidad del trabajador, cuando quiera que existen mecanismos jurídicos para la defensa de los mismos, al tiempo que la separación patrimonial cumple el propósito constitucional de incentivar la creación de empresa y el desarrollo económico del país. Finalmente teniendo en cuenta los hechos y consideraciones de la sentencia , la Corte procede a : Declarar por los cargos examinados Exequible la expresión laborales contenida en el artículo 1 de la Ley 1258 de 2008.
 

 

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