Documentos para EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO TRANSMILENIO S.A. :: Usuarios
Año   Documento   Restrictor  
2005   Sentencia 087 de 2005 Corte Constitucional de Colombia  

El derecho fundamental de toda niña y todo niño "de brazos" a la protección de su libertad de movimiento en el contexto del servicio público urbano, contempla, como mínimo, el acceso efectivo y sin cargo alguno al sistema público de transporte Transmilenio, presumiendo el término "de brazos" como aquel aplicable al niño o niña menor de 2 años. El Sistema Troncal de Transmilenio es un ejemplo de la preocupación que se ha tenido en atender a las necesidades de transporte de todos los habitantes de Bogotá, incluido este grupo de personas, que en razón a su discapacidad siguen estando marginadas y excluidas de la sociedad. La empresa Transmilenio S.A. ha fijado un alto estándar, incluso para sí misma, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, de tal suerte que las decisiones que adopten en cumplimiento de la presente sentencia, tan sólo representarán pasos adicionales a los ya recorridos por esta empresa del Distrito, en el propósito de remover la cargas excesivas que les impide a las personas una adecuada integración a la sociedad.
 

 

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