2002 |
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Fallo 750 de 2002 Tribunal Administrativo de Cundinamarca
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Al Distrito Capital, le compete la prestación de los servicios públicos, dentro de los que se encuentra el de transporte, así mismo a la Secretaría de Tránsito de Bogotá, por disposición directa del Ministerio de Transporte, le corresponden funciones de planificación, organización, control y vigilancia, del sistema de transporte masivo distrital. Por ello la organización de la Empresa de Transporte del Tercer Milenio “Transmilenio”, creada por autorización del Concejo Distrita, por medio de la cual el Distrito y la Secretarpia cumplen las funcioones a ellos encomendadas, se enmarca dentro de las facultades legales para suplir las necesidades del transporte masivo de la ciudad y está conforme con las competencias legalmente otorgadas al ente distrital. |
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