Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1970 |
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Decreto 1260 de 1970 Nivel Nacional
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La Superintendencia de notariado y Registro ejercerá vigilancia sobre el registro del estado civil de las personas y sobre los funcionarios encargados de llevarlo en cuanto a tal labor se refiere, y les prestará directamente o en cooperación con la Registraduría Nacional del Estado Civil, la asistencia técnica que precisaren. A su vez, ejercerá vigilancia sobre las funciones que el Servicio Nacional de Inscripción ejerza en relación con el registro del estado civil de las personas. |
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2012 |
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Ley 1579 de 2012 Congreso de la República de Colombia
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Expide el estatuto de registro de instrumentos públicos, el registro de la propiedad inmueble es un servicio público en cabeza del Estado, la inspección, vigilancia y control de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos está en cabeza de la Superintendencia de Notariado y Registro, y de cada una de las visitas practicadas, Registro deberá llevar un archivo especial, define las situaciones en que la Superintendencia puede decidir intervenir a las Oficinas de Registro y su procedimiento. |
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2016 |
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Resolución 7769 de 2016 Superintendencia de Notariado y Registro
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La Superintendencia de Notariado y Registro a través de la Delegada para el Notariado, vigilará el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución en lo que compete a la prestación del servicio notarial. |
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2020 |
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Decreto 148 de 2020 Nivel Nacional
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Establece que la Superintendencia de Notariado y Registro ejercerá las funciones otorgadas mediante los artículos 79, 81 y 82 de la Ley 1955 de 2019 relacionadas con la inspección, vigilancia y control del ejercicio de la gestión catastral. |
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Inspección, Vigilancia y Control
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