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Año   Documento   Restrictor  
1989   Ley 91 de 1989 Congreso de la República de Colombia  

Artículo 1 Ley 91 de 1989 Definición
 

 
2011   Fallo 1836 de 2011 Consejo de Estado  

Determina si el derecho pensional de la demandante, se rige por la Ley 33 de 1985. Para ello precisa el régimen jurídico de la pensión de jubilación de los docentes oficiales. Si el régimen de seguridad social en materia de pensión de vejez (que reemplaza a la antigua pensión de jubilación) no se aplica a los afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, entidad que tiene a su cargo el reconocimiento de las pensiones de jubilación ¿ derecho e invalidez de los docentes, cabe concluir que estas prestaciones siguen sometidas al régimen legal anterior que no es otro que el de la Ley 33 de 1985, con el régimen de transición aplicable restrictivamente. ¿(¿) observa la Sala que, dentro del expediente se encuentra acreditado que la demandante ostenta la calidad de docente nacionalizado el cual prestó sus servicios desde el 5 de febrero de 1970 razón por la cual su situación particular se rige por el artículo 15 numeral 1 de la Ley 91 de 1989 en cuanto señala que, a los docentes que figuren vinculados hasta el 31 de diciembre de 1989, para efectos de prestaciones económicas y sociales mantendrán el régimen prestacional que han venido gozando en cada entidad territorial, de conformidad con las normas vigentes.¿ ¿(¿) No obstante, la Ley 33 de 1985 en el parágrafo 2 de su artículo 1 consagró un régimen de transición en edad pensional para los empleados oficiales que a la fecha en que entró a regir, 13 de febrero de 1985, de conformidad con el fallo de la Corte Constitucional C-032 de 2006, contaran con 15 años de servicio. ¿(¿) la normatividad, que contemplaba el reconocimiento y pago de la pensión de jubilación, vigentes antes de la expedición de la Ley 3 de 1985 era la Ley 6 del 14 de marzo de 1945 la cual, en su artículo 17 preveía el reconocimiento y pago de una pensión de jubilación a favor de los empleados que hubieran llegado a los 50 años de edad y 20 de servicio continuo o discontinuo.¿ ¿(¿) Frente a los factores que se deben tener en cuenta para la liquidación de servicios. Debe precisarse en este punto, debe señalarse que los factores salariales a tener en cuenta para determinar el ingreso base de liquidación de las pensiones de jubilación de los empleados, que a la entrada en vigencia de la Ley 33 de 1985 contaran con más de 15 años de servicio, son los establecidos en el artículo 45 del decreto 1045 de 1978. (¿)¿
 

 
2018   Sentencia de Unificación 04683 de 2018 Consejo de Estado - Sección Segunda  

Se entiende por personal nacionalizado (i) aquel que siendo territorial antes del 1.º de enero de 1976 fue objeto del proceso de nacionalizacion iniciado con la expedición de la Ley 43 de 1975; y (ii) los que a partir de esa fecha se hayan vinculado a una plaza de aquellas que fueron nacionalizadas en virtud, tambien, del aludido proceso adelantado por la norma en cuestión (Ley 43 de 1975).
 

 
2021   Resolución 19177 de 2021 Ministerio de Educación Nacional  

Fija el cronograma de actividades para el proceso ordinario de traslados de docentes y directivos docentes al servicio del Estado que tengan derechos de carrera.
 

 

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