Documentos para EDILES :: Naturaleza del Cargo
Año   Documento   Restrictor  
1995   Concepto 2195 de 1995 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

los ediles no tienen vínculo legal y reglamentario, ni contractual con la Administración Distrital, sino que ostentan la sola condición de servidores públicos en su carácter de miembros de una corporación administrativa de elección popular. De lo anterior, se concluye que las normas que regulan el descanso remunerado en la época del parto no son aplicables a los ediles por no ser empleados públicos o trabajadores oficiales, es decir, no son funcionarios de la Rama Ejecutiva del Poder Público en el nivel Distrital.
 

 
1998   Sentencia 715 de 1998 Corte Constitucional de Colombia  

Si bien los ediles de las Juntas Administradoras Locales, como integrantes de estas Corporaciones Públicas son servidores públicos conforme al Art. 123 de la Constitución, no tienen, sin embargo, la categoría de empleados públicos, pues éstos son vinculados por una relación legal o reglamentaria, al paso que aquellos ostentan su investidura en virtud de una elección popular, aun cuando tienen en común que unos y otros están al servicio del Estado y de la comunidad. Es decir, los empleados públicos son una de las categorías de servidores públicos, así como también lo son los trabajadores oficiales, los de las entidades descentralizadas territoriales y por servicios y los miembros de las corporaciones públicas.
 

 
2004   Concepto 76 de 2004 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Los ediles de las Juntas Administradoras Locales, como integrantes de estas Corporaciones Públicas son servidores públicos conforme a lo dispuesto por el artículo 123 de la Constitución Nacional , no tienen, sin embargo, la categoría de empleados públicos, a los que se refiere el artículo 122 de la Carta Política, pues estos últimos son vinculados por una relación legal o reglamentaria, al paso que aquellos ostentan su investidura en virtud de una elección popular, aun cuando tienen en común que, unos y otros están al servicio del Estado y de la comunidad. Es decir, los empleados públicos son una de las categorías de servidores públicos, así como también lo son los trabajadores oficiales, los de las entidades descentralizadas territoriales y por servicios y los miembros de las corporaciones públicas.
 

 
2021   Concepto 2021EE de 2021 Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital - Dascd  

Conceptúa acerca de la naturaleza jurídica de los ediles y Juntas Administradoras Locales, específicamente en la aclaración que los ediles son servidores públicos conforme a lo dispuesto por el artículo 123 de la Constitución Política, no obstante, no tienen la categoría de empleados públicos, por cuanto ostentan su investidura en virtud de una elección popular y no por una relación legal y reglamentaria. Adicionalmente agrega que sus funciones están delimitadas por las atribuciones que otorga la Constitución y la ley a las Juntas Administradoras Locales y tienen un régimen especial de inhabilidades e incompatibilidades.
 

 
2021   Ley 2116 de 2021 Congreso de la República de Colombia  

Dispone que para ser elegido edil o nombrado alcalde local se requiere ser ciudadano en ejercicio y haber residido o desempeñado alguna actividad profesional, industrial, comercial o laboral en la respectiva localidad por lo menos durante los dos años anteriores a la fecha de la elección o del nombramiento.
 

 

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