Documentos para EDUCACIÓN :: Gratuidad
Año   Documento   Restrictor  
2006   Resolución 4660 de 2006 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece la gratuidad total en el sistema educativo oficial de Bogotá para los niveles de preescolar y primaria, a partir del 1 de enero del año 2007, por lo tanto los estudiantes no tendrán que cancelar costo educativo, por ningún concepto. De igual forma habrá gratuidad total para los educandos de básica secundaria y media de Sisben 1, y los pertenecientes al sector rural del Distrito Capital, así como para los estudiantes de ciclos III, IV, V y VI, de educación para adultos y los estudiantes pertenecientes a etnias indígenas certificados por su respectivo cabildo. La gratuidad también se hará extensiva a los estudiantes de básica secundaria y media, que se encuentre en las condiciones de vulnerabilidad establecidas en el presente acto. Fija la tarifa que deberán cancelar los estudiantes de educación media del nivel 2 del Sisben, al igual que los inscritos a los ciclos V y VI para adultos.
 

 
2007   Acuerdo 273 de 2007 Concejo de Bogotá, D.C.  

Establece estímulos para promover la calidad de la educación en los colegios oficiales del Distrito Capital. Señala que la Secretaría de Educación asegurará la gratuidad por todo concepto para los estudiantes del sistema educativo oficial de Bogotá que se encuentren en niveles de Nivel Preescolar, todo el ciclo de básica primaria, estudiantes con Sisben 1 pertenecientes al ciclo de básica secundaria, y de educación media; población estudiantil vulnerable en situación de desplazamiento, así como la desvinculada del conflicto; hijos menores de edad de personas desmovilizadas, hijos de víctimas de desaparición forzada o secuestradas, hijos de héroes de la nación y veteranos de la fuerza pública, estudiantes que se encuentren bajo protección del Estado, estudiantes en condición de discapacidad, con capacidades y talentos excepcionales e hijos de reclusos. Establece que la misma Secretaría fijará topes máximos anuales para los Estudiantes del sistema oficial con Sisben 2 del nivel educativo de media.
 

 
2007   Resolución 4101 de 2007 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Reglamenta el art. 1 del Acuerdo Distrital 273 de 2007 "Por medio del cual se Establecen Estímulos para Promover la Calidad de la Educación en los Colegios Oficiales del Distrito Capital", y establece los recursos para la dotación del año 2008 del Carné Único Estudiantil. Señala el grupo de estudiantes beneficiarios de la gratuidad o de la gratuidad parcial, en los niveles de preescolar y básica primaria del sector educativo oficial, así como los beneficiarios en los niveles de básica secundaria y media. Determina los criterios para identificar y seleccionar los beneficiarios de gratuidad total y parcial en educación, el procedimiento para el registro de estudiantes beneficiarios, y la provisión de los recursos para garantizar la dotación gratuita del carné único estudiantil.
 

 
2011   Decreto 4807 de 2011 Nivel Nacional  

Establece las condiciones de aplicación de la gratuidad educativa para los estudiantes de educación preescolar, primaria, secundaria y media de las instituciones educativas estatales y se dictan otras disposiciones para su implementación.
 

 
2013   Resolución 2103 de 2013 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Modifica la Resolución 2580 del 2009 para establecer la gratuidad en el Sistema Educativo oficial de Bogotá, señalando que los valores a girar a los Fondos de Servicios Educativos de los establecimientos educativos oficiales por concepto de gratuidad, para cada vigencia, dependerán de los lineamientos y parámetros que defina la Secretaría de Educación Distrital mediante la Subsecretaría de Acceso y Permanencia.
 

 
2015   Concepto 42535 de 2015 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

El concepto resuelve el interrogante de quién es el responsable de realizar el seguimiento a la ejecución de los recursos entregados a las Instituciones Educativas Distritales en virtud de los estímulos para la promoción de la calidad de la educación, creados por el Acuerdo Distrital 273 de 2007. Después de una análisis jurídico del mencionado Acuerdo y las Resoluciones 3465 de 2007, 4514 de 2008, 3617 de 2011 y 2202 de 2014 de la Secretaría de Educación. Concluye que la responsabilidad específica del seguimiento a la ejecución de los recursos de los estímulos para la promoción de la calidad de la educación por parte de las IED, es la siguiente: a. Estímulo a las IED con mejores proyectos académicos, culturales y deportivos de la semana El Colegio, la Comunidad y la Ciudad: La Dirección Local de Educación de la localidad respectiva, conforme al artículo 6 de la Resolución 39 de 2013. b. Estímulo a las IED de mejor rendimiento académico en las pruebas SABER: La Subsecretaría de Calidad y Pertinencia, en virtud del artículo 7 de la Resolución 34 de 2014. c. Estímulo a las IED con mejor nivel de inglés en las pruebas SABER: La Subsecretaría de Calidad y Pertinencia, como lo dispone el artículo 6 de la resolución 33 de 2014. d. Estímulo a las IED con menor índice de deserción: La Dirección General de Educación y Colegios Distritales, de acuerdo con el artículo 6 de la resolución 31 de 2014. e. Estímulo a las IED con excelente gestión institucional: La Dirección General de Educación y Colegios Distritales, de conformidad con los artículos 9 de la Resolución 3617 de 2011 y 6 de la Resolución 30 de 2014.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1084 de 2015 Nivel Nacional  

Se asegura el acceso, la exención de todo tipo de costos académicos en las instituciones oficiales de educación preescolar, básica y media y promueve la permanencia de la población víctima en el servicio público de la educación, con enfoque diferencial y desde una mirada de inclusión social y con perspectiva de derechos. En ese sentido, fija lineamientos de política, coordinación Nación-Territorio, primera infancia, educación superior, orientación ocupacional y formación. (Artículo 2.2.6.2.1)
 

 
2020   Acuerdo 791 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.  

Garantiza los cupos gratuitos en el nivel preescolar de tres (3) grados, pre jardín, jardín y transición, para los niños y niñas en las instituciones educativas oficiales del Distrito Capital, con enfoque diferencial, incluyendo niños y niñas víctimas del conflicto, hijos/as de madres cabeza de familia y de pueblos étnicos.
 

 
2021   Decreto 1667 de 2021 Nivel Nacional  

Establece que la Política de Estado de Gratuidad en la Matrícula consiste en el pago de la matrícula de los jóvenes de las familias más vulnerables socioeconómicamente y que estén matriculados en programas de pregrado en las Instituciones de Educación Superior públicas adscritas o vinculadas presupuestalmente al sector educación, denominadas en la presente Sección como Instituciones de Educación Superior públicas.
 

 

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