Documentos para EDUCACIÓN :: Preescolar
Año   Documento   Restrictor  
1994   Decreto 1743 de 1994 Nivel Nacional  

Decreto Nacional 1743 de 1994 Proyecto de educación ambiental
 

 
1994   Decreto 1860 de 1994 Nivel Nacional  

Artículo 8 Decreto Nacional 1860 de 1994 Organización Se ofrece a los niños antes de iniciar la educación básica y está compuesta por tres grados, los cuales los dos primeros grados constituyen una etapa previa a la escolarización obligatoria Numeral 5 artículo 13 Los establecimientos educativos que sólo ofrezcan educación preescolar, deben establecer convenios con otros que aseguren la continuidad de la formación de sus alumnos
 

 
1994   Ley 115 de 1994 Congreso de la República de Colombia  

Artículo 15 Ley 115 de 1994 Definición de educación preescolar Artículo 16 Objetivos específicos de la educación preescolar Artículo 17 Grado Obligatorio Artículo 18 Ampliación del nivel
 

 
1997   Decreto 2247 de 1997 Nivel Nacional  

Decreto Nacional 2247 de 1997 Se establecen normas relativas a la prestación del servicio del nivel preescolar
 

 
2004   Acuerdo 138 de 2004 Concejo de Bogotá, D.C.  

Regula el funcionamiento de los establecimientos públicos y privados que prestan el servicio de educación inicial, comprendida entre cero a menores de 6 años. Determina que el Departamento Administrativo de Bienestar Social DABS, será la entidad encargada de expedir y revocar la licencia de funcionamiento y controlar la adecuada operación de las instituciones de educación inicial y la Secretaría de Educación Distrital expedirá las licencias para las instituciones de educación preescolar.
 

 
2005   Fallo 86 de 2005 Consejo de Estado  

Decisión sobre la demanda de nulidad parcial del literal c) del artículo 3 de la Resolución 1515 de 2003 expedida por el ministerio de Educación Nacional. ¿La Corte Constitucional también ha sostenido que el criterio de la edad y los límites establecidos en el artículo 67 de la Corte Constitucional, no deben ser entendidos como un criterio excluyente y deben aplicarse criterios incluyentes como en efecto lo dispone el parágrafo del artículo 38 del Decreto 1860 de 1994¿¿. Dicho artículo enuncia que ¿para determinar el ingreso de los menores de edad a la educación preescolar no solo debe estudiarse la edad del menor, sino que debe acudirse también a los criterios establecidos en el artículo 38 del mismo Decreto, esto es, evaluar el desarrollo personal, los factores regionales, culturales y étnicos del menor.¿. Estima la Sala, ¿que la limitación dispuesta en el acto acusado, esto es, que el menor que pretenda ingresar al grado de transición debe tener cinco años al momento de iniciarse el calendario escolar, viola las normas legales y constitucionales en que debía fundarse.¿ .
 

 
2006   Decreto 243 de 2006 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Reglamenta el Acuerdo Distrital 138 de 2004 y regula el funcionamiento de los establecimientos públicos y privados que prestan el servicio de educación inicial. Enumera las condiciones que deberán tenerse en cuenta para la expedición de licencias de las funcionamiento y para el ejercicio de las demás funciones de inspección, vigilancia y control; señala que el ejercicio de la función de control a cargo del Departamento Administrativo de Bienestar Social, se aplicará a las personas naturales o jurídicas públicas y privadas que presten el servicio de educación referida, a niñas y niños entre los 0 y menores de 6 años de edad, a excepción de los Hogares Comunitarios (HOBIS) del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Establece que la licencia de funcionamiento para el servicio de educación inicial se expedirá en el ámbito de la educación formal, en el nivel de preescolar, por la Secretaría de Educación Distrital.
 

 
2006   Resolución 4434 de 2006 Ministerio de Educación Nacional  

Establece las condiciones y mecanismos para la validación de los modelos de gestión de calidad de los establecimientos de educación preescolar, básica y media. Señala el alcance requerido de la certificación del sistema de gestión de calidad, presentación de la solicitud de validación y decisión sobre la misma.
 

 
2006   Resolución 4660 de 2006 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece la gratuidad total en el sistema educativo oficial de Bogotá para los niveles de preescolar y primaria, a partir del 1 de enero del año 2007, por lo tanto los estudiantes no tendrán que cancelar costo educativo, por ningún concepto. De igual forma habrá gratuidad total para los educandos de básica secundaria y media de Sisben 1, y los pertenecientes al sector rural del Distrito Capital, así como para los estudiantes de ciclos III, IV, V y VI, de educación para adultos y los estudiantes pertenecientes a etnias indígenas certificados por su respectivo cabildo. La gratuidad también se hará extensiva a los estudiantes de básica secundaria y media, que se encuentre en las condiciones de vulnerabilidad establecidas en el presente acto. Fija la tarifa que deberán cancelar los estudiantes de educación media del nivel 2 del Sisben, al igual que los inscritos a los ciclos V y VI para adultos.
 

 
2006   Resolución 5360 de 2006 Ministerio de Educación Nacional  

Organiza el proceso de matrícula oficial de la educación preescolar, básica y media en las entidades territoriales certificadas. Señala los responsables del proceso de matrícula, los lineamientos generales en la organización del mismo, planeación de la cobertura educativa, criterios para efectuar el proceso, etapas y cronograma
 

 
2008   Resolución 326 de 2008 Secretaría Distrital de Integración Social  

Establece un régimen transitorio para reparaciones locativas que deben cumplir los Jardines Infantiles que presten el servicio de educación inicial con el fin de alcanzar las condiciones establecidas en el Acuerdo 138 de 2004 por medio del cual se regula el funcionamiento de los establecimientos públicos y privados que prestan el servicio de educación inicial y sus normas complementarias.
 

 
2013   Resolución 1914 de 2013 Secretaría de Educación del Distrito - SED  

Establece directrices para fortalecer la oferta educativa y el proceso de matrícula en las instituciones educativas oficiales del Distrito Capital, con el fin de garantizar el acceso y la permanencia de los estudiantes en los tres grados de preescolar: prejardín, jardín y transición.
 

 
2015   Decreto 546 de 2015 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Adopta el Ciclo de Educación Inicial (Prejardín, Jardín y Transición) en los Establecimientos Educativos Distritales como aquella de los tres grados de prejardín, jardín y transición, brindando una educación inicial inclusiva, diversa, y de calidad y a una atención integral a la primera infancia en todos los Centros Educativos Distritales (CED), Instituciones Educativas Distritales (IED), y jardines infantiles administrados por la Secretaría Distrital de Integración Social y la Secretaría de Educación del Distrito. Señala la población beneficiada, objetivos, estructura, jornada escolar, parámetro de atención, servicio de transporte, apoyo alimentario, responsables y dotaciones. (Artículos 17 a 28).
 

 
2015   Decreto 1851 de 2015 Nivel Nacional  

Reglamenta la contratación del servicio público educativo en los niveles de preescolar, básica y media por parte de las entidades territoriales certificadas y se subroga un capítulo del Decreto 1075 de 2015. Se establece el ámbito de aplicación, principios, definiciones, tipos de contrato, demostración de insuficiencias, atención de limitaciones, acreditación de idoneidad, canasta educativa y reglas de conformación, estudios de insuficiencia y limitaciones, contratos para la promoción e implementación de estrategias de desarrollo pedagógico con iglesias y confesiones religiosas, plan anual de contratación, obligaciones generales del contratista y de las entidades territoriales, reglas de selección, contrato y conformación del banco de oferentes; criterios para la celebración del contrato, prohibición de oficialización; seguimiento, vigilancia y supervisión de los contratos, jornada única, reporte de información, formato único de contratación y contratos en ejecución.
 

 
2015   Decreto Único Reglamentario 1075 de 2015 Nivel Nacional  

Se ofrece a los niños antes de iniciar la educación básica y está compuesta por tres grados, de los cuales los dos primeros grados constituyen una etapa previa a la escolarización obligatoria y el tercero es el grado obligatorio. (Artículo 2.3.3.2.1.1.) Compila lo concerniente a la prestación del servicio educativo, marco normativo, grados, Implementación de los grados de preescolar, Atención a niños menores de tres (3) años, Adecuación del proyecto educativo institucional, Admisión en los grados de la educación básica, Ingreso al grado obligatorio de transición, Ingreso al nivel de preescolar, Requisitos para el ingreso al nivel de preescolar y Desarrollo del nivel de preescolar (Artículos 2.3.3.2.2.1.1 al 2.3.3.2.2.1.10) Igualmente regulas las orientaciones curriculares, las cuales se componen de: Principios, Currículo, Organización de las actividades y de los proyectos lúdico-pedagógicos, la evaluación, Indicadores del Ministerio de Educación Nacional, Lineamientos del Ministerio de Educación Nacional y Participación de la familia y de la comunidad. (2.3.3.2.2.2.1 al 2.3.3.2.2.2.7)
 

 
2020   Acuerdo 791 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.  

Garantiza los cupos gratuitos en el nivel preescolar de tres (3) grados, pre jardín, jardín y transición, para los niños y niñas en las instituciones educativas oficiales del Distrito Capital, con enfoque diferencial, incluyendo niños y niñas víctimas del conflicto, hijos/as de madres cabeza de familia y de pueblos étnicos.
 

 
2021   Circular 092 de 2021 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Invita a los servidores y servidoras publicos(as) del Distrito Capital a participar en encuesta virtual para acceder a los servicios de educación inicial (sala materna, caminadores, párvulos) y educación preescolar (pre jardín, jardín y transición) presentados por la Secretaría Distrital de Integración Social - SDIS y la Secretaría de Educación del Distrito - SED, en el marco del compromiso No. 18 del Acuerdo Laboral Distrital 2020.
 

 
2022   Resolución 017 de 2022 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Subsecretaría de Integración Interinstitucional  

Modificar la Resolución 2567 de 2002, en el sentido de autorizar al colegio Miguel Antonio Caro IED, la ampliación del servicio educativo ofrecido para la prestación del servicio en el nivel de preescolar grados prejardín y jardín.
 

 

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