Documentos para ELECCIÓN POPULAR :: Inhabilidades
Año   Documento   Restrictor  
1994   Decreto 1985 de 1994 Nivel Nacional  

Los jefes y representantes legales de las entidades estatales que no tengan junta o consejo directivo podrán delegar la celebración de contratos y demás actos inherentes a la actividad contractual dependiendo de la cuantía
 

 
2001   Fallo 12300 de 2001 Consejo de Estado  

Los Alcaldes Locales como autoridades civiles y políticas, están inhabilitadas para adquirir la calidad de congresista, ya sea por elección o por vacancia del cargo, si no han dejado de ejercer sus funciones con un año de anterioridad a las elecciones que para el caso se hicieren.
 

 
2001   Sentencia C-952 de 2001 Corte Constitucional de Colombia  

Declara exequible la parte demandada del artículo 37 de la ley 617 de 2000, señalando que la intemporalidad de la causal de inhabilidad contenida en esta norma no implica vulneración al principio de prescriptibilidad de las penas y medias de seguridad, ni al derecho de rehabilitación, pues las prohibiciones aplicables a las penas y medidas de seguridad no cobijan a las inhabilidades, así estas tengan carácter sancionatorio, por tener naturaleza y finalidades distintas.
 

 
2011   Directiva 4 de 2011 Procuraduría General de la Nación  

Imparte instrucciones a los servidores públicos relacionadas con la jornada electoral del 30 de octubre de 2011, para la elegir gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles en el país. Recuerda los criterios de transparencia e imparcialidad que rigen sus actuaciones establecidos en la Constitución Política y la Ley sobre conductas relativas a la participación en política, las prohibiciones en esta materia, inhabilidades para ser elegido y para desempeñar cargos públicos, así como establecer directrices de control y vigilancia para el cumplimiento de estas disposiciones por parte del ministerio público.
 

 
2011   Fallo 990 de 2011 Consejo de Estado  

¿[L]a consagración del régimen de inhabilidades e incompatibilidades, (¿) se justifica en la prevalencia de los intereses estatales y en los principios y valores de igualdad, moralidad, ética, corrección, probidad, transparencia e imparcialidad que deben imperar en la actuación de los sujetos que desempeñan la función pública, o de quienes aspiran o pretendan acceder a la misma.¿ ¿De ahí que, las inhabilidades se erigen en circunstancias personales negativas o situaciones prohibitivas preexistentes o sobrevenidas consagradas en la Constitución Política y la ley para acceder o mantenerse en la función pública, pues bien impiden el ingreso (elegibilidad), o para continuar en el cargo o emplear personas que no reúnen las condiciones, calidades y cualidades de idoneidad o moralidad para desarrollar determinadas actividades o adoptar ciertas decisiones¿. ¿Las inhabilidades e incompatibilidades, en tanto limitan la libertad y los derechos de las personas, son de origen constitucional y legal.¿
 

 
2011   Fallo 1055 de 2011 Consejo de Estado  

¿La causal quinta de inhabilidad del art. 179 CP. ofrece un problema adicional, que no tienen otras causales del mismo artículo. No señala el tiempo desde cuándo o hasta cuándo opera la inhabilidad, lo que puede dar lugar a múltiples respuestas. Otras causales de inhabilidad, en cambio, señalan, con precisión y rigor, aspectos como estos: que dentro de los doce meses anteriores a la fecha de elección no podrán ser congresistas determinadas personas, o que no podrán serlo quienes hubiesen sido condenados penalmente en cualquier época, o quienes hubieren intervenido en ciertos negocios, durante los 6 meses anteriores a la fecha de la elección, entre otros eventos; en cuyos casos la fecha a partir de la cual se empieza a contar la inhabilidad y el día en el cual cesa son claros y determinados por la misma norma. El numeral 5, en cambio, nada dice al respecto, lo que ha dado lugar a que surjan múltiples interpretaciones sobre este tema. Así, por ejemplo, la Corporación ha manifestado que el régimen de inhabilidades, en esta causal, opera antes de la elección correspondiente y no con posterioridad a ella, porque se trata de condiciones de inelegibilidad para un cargo, según lo establece la ley 5 de 1992, al prescribir que las inhabilidades tienen como propósito evitar que "sea elegido" congresista quien se encuentre incurso en ellas¿.
 

 
2011   Resolución 921 de 2011 Consejo Nacional Electoral  

Establece el procedimiento administrativo que debe adoptarse para conocer y decidir sobre la revocatoria de inscripciones de los candidatos a corporaciones públicas o cargos de elección popular, por las causales de inhabilidades previstas en la Constitución y/o la Ley , la oportunidad para solicitarla, requisitos de la solicitud la cual deberá ser presentada por escrito y en forma personal, la remisión de la solicitud debe hacerse vía fax o correo electrónico, la evaluación para la aceptación o rechazo según sea el caso, así como también la notificación y las pruebas las cuales deberán ser aportadas por el solicitante en su escrito de impugnación y aportadas en la defensa por el candidato afectado y la organización política que lo inscribió.
 

 
2012   Concepto 29 de 2012 Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil  

Consulta sobre ¿(¿) Clase de falta por fallo de responsabilidad fiscal. (¿)¿ ¿(¿) El señor Ministro del Interior consulta a la Sala sobre si un fallo de responsabilidad fiscal ocasiona una falta absoluta o temporal, y si la inhabilidad que genera es subsanable o no con el pago. (¿)¿ Se esgrimen dos puntos de vista el primero es ¿(¿) La responsabilidad fiscal como inhabilidad sobreviniente (¿)¿ ¿ la Sección Quinta de esta Corporación ha explicado que son aquellas que surgen con posterioridad a la elección y por lo tanto no coinciden en la declaración de esa elección, aunque sí tienen consecuencias para el ejercicio del cargo (¿)¿ ¿(¿) pero únicamente bajo el entendido de que la inhabilidad o incompatibilidad sobrevivientes no se hayan generado por dolo o culpa imputables al nombrado al funcionario público a los que se refiere dicho concepto¿. (¿)¿. Por otro lado ¿(¿) la inhabilidad sobreviviente fue originada por una conducta dolosa o culposa, procede el retiro inmediato del servidor. Esta situación origina la vacante absoluta en el cargo de elección popular, porque aunque en el futuro pudiera cesar la inhabilidad mediante el pago de la suma establecida en el fallo fiscal, ello no produce efecto retroactivo. (¿)¿ ¿(¿) la Sala considera que cuando se presente alguno de los eventos descritos (pago o retiro del boletín de responsables fiscales), cesa la inhabilidad sin que ello signifique que la misma se subsane, se revoque o resulte inexistente, pues el hecho dañino se consumió (¿)¿. ¿(¿) la Sala estima que al haber sido el señor Useche declarado fiscalmente responsable, a título de culpa grave, por la Contraloría General de la República, se originó su separación inmediata del cargo a causa de la inhabilidad sobreviviente (¿)¿.
 

 
2017   Ley 1864 de 2017 Congreso de la República de Colombia  

Aquella persona que sea elegido para un cargo de elección popular estando inhabilitado para desempeñarlo por decisión judicial, disciplinaria o fiscal incurrirá en prisión de 4 a 9 años y multa de 200 a 800 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
 

 
2018   Sentencia C-037 de 2018 Corte Constitucional de Colombia  

Aclara que la intemporalidad de la causal de inhabilidad, para ser elegido Alcalde, no implica vulneración al principio de prescriptibilidad de las penas y medias de seguridad, ni al derecho de rehabilitación, pues las prohibiciones aplicables a las penas y medidas de seguridad no cobijan a las inhabilidades, así estas tengan carácter sancionatorio, por tener naturaleza y finalidades distintas.
 

 
2019   Concepto 220191 de 2019 Secretaría Jurídica Distrital  

Respuesta sobre el Régimen de inhabilidades e incompatibilidades para aspirar a cargos de elección popular en las entidades territoriales.
 

 
2019   Concepto 220192 de 2019 Secretaría Jurídica Distrital  

Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades para las personas que aspiren a ser elegidos como diputados, concejales o ediles en el Distrito Capital, así como el término en que deben desvincularse los contratistas para poder ser elegidos en estas corporaciones.
 

 
2019   Concepto 220197 de 2019 Secretaría Jurídica Distrital  

Señala el régimen de inhabilidades e incompatibilidades a cargos de elección popular en corporación públicas del orden territorial con relación a la celebración o suscripción de contratos con entidades públicas.
 

 
2019   Concepto 220198 de 2019 Secretaría Jurídica Distrital  

Precisa que existen tres inhabilidades consagradas en la ley, para las personas que aspiran a los cargos de diputado, concejal y edil, relacionadas con la celebración y ejecución de contratos con entidades públicas de la entidad territorial respectiva, las cuales, no hacen distinción alguna en la calidad del contratista, ni el objeto del acuerdo negocial (compraventa, prestación de servicios, suministros, administración de bienes, etc.). Por ende, al guardar silencio el legislador respecto de la calidad del contratista o, sobre el objeto del contrato celebrado, debe entenderse que las inhabilidades se aplicarán de manera idéntica a todos los aspirantes a ser elegidos diputado, concejal y edil, que hubieren celebrado contratos con entidades públicas, pues es claro que cuando la ley no hace dicha distinción, no le es dado al intérprete hacerlo.
 

 
2019   Sentencia de Unificación 00031 de 2019 Consejo de Estado  

Unifica jurisprudencia en el sentido de señalar que la interpretación del elemento temporal de la causal de inhabilidad por parentesco, de que trata el numeral 5 del artículo 179 de la Constitución Política, que más se ajusta y garantiza los principios y valores democráticos, es aquella que configura la inhabilidad desde el día de la inscripción de la candidatura al cargo de elección popular y dura hasta el día en que se realiza la elección.
 

 
2023   Concepto 220237 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos  

Dar concepto sobre el conteo de votos para la elección del futuro Alcalde Mayor de Bogotá
 

 

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