Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1995 |
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Decreto 692 de 1995 Nivel Nacional
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Se adopta el Manual Único para la Calificación de la Invalidez, aplicación, definiciones, criterios para la calificación integral, art. 1 a 3. Instrucciones generales para el uso del manual, para médicos interconsultores, art. 4 y 5. Formulario de calificación, art. 6. Libro primero de las deficiencias, art. 7. Libro segundo de las discapacidades, art. 8. Libro tercero de las minusvalías, art. 9. Vigencia y derogatorias, art. 10. |
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1999 |
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Decreto 917 de 1999 Nivel Nacional
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Adopta el Manual Único para la Calificación de la Invalidez, aplicable a todos los habitantes del territorio nacional, a los trabajadores de los sectores público, oficial, semioficial, en todos sus órdenes, y del sector privado en general, para determinar la pérdida de la capacidad laboral de cualquier origen, de conformidad con lo establecido por los artículos 38, siguientes y concordantes de la Ley 100 de 1993, el 46 del Decreto-ley 1295 de 1994 y el 5o. de la Ley 361/97. |
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2009 |
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Decreto 4942 de 2009 Nivel Nacional
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Modifica el artículo 8° del Decreto 1355 de 2008, indicando que corresponderá a las Juntas de Calificación de Invalidez, a las Entidades Promotoras de Salud ¿EPS¿ del Régimen Contributivo de Seguridad Social en Salud y la red pública de servicios de salud, calificar el estado de invalidez con base en el Manual Único para la Calificación de Invalidez. |
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2014 |
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Decreto 1507 de 2014 Nivel Nacional
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Expide el Manual Único para la Calificación de la Pérdida de Capacidad Laboral y Ocupacional, el cual se constituye en el instrumento técnico para evaluar la pérdida de la capacidad laboral y ocupacional de cualquier origen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de la Ley 100 de 1993. Señala su ámbito de aplicación, definiciones, normas de interpretación y vigencia. |
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2015 |
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Resolución 3745 de 2015 Ministerio del Trabajo
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Indica que la calificación se realizará con base en el manual único para la calificación de Invalidez, expedido por el Gobierno Nacional, vigente a la fecha de calificación, que deberá contener los criterios técnicos - científicos de evaluación y calificación de pérdida de capacidad laboral porcentual por sistemas ante una deficiencia, discapacidad y minusvalía que hayan generado secuelas como consecuencia de una enfermedad o accidente. |
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Manual Único para la Calificación de la Invalidez
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