Año |
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Documento |
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Restrictor |
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1994 |
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Decreto 214 de 1994 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Organiza los Centros de Operación Local del Departamento Administrativo de Bienestar Social. Define responsabilidades de los mismos, dirección y coordinación, conformación y Comité de Bienestar Social. |
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1998 |
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Decreto 306 de 1998 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Definición, Art. 1º. Ubicación, Art. 2º. naturaleza y objeto, Art. 3º. Conformación Art. 4º Coordinación, Director, Art. 5º. Funciones del coordinador general y del comité, Art. 6º y 10. Delegación, contratos y convenios, Art. 7º. Comités operativos, Art. 8º.Reuniones, Art. 9º. |
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1999 |
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Decreto 598 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Definición, naturaleza, creación y objeto, Art. 1º. Ubicación, Art. 2º. Dirección, Art. 3º. Conformación, Art. 4º. Funciones del gerente del col, Art. 5º. Comités operativos, Art. 6º. Reuniones, art. 7º. Funciones, Art. 8º. |
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1999 |
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Decreto 604 de 1999 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Suscripción de convenios y contratos, Facultades de los gerentes del C.O.L., Art. 1º . Facultades de los gerentes de protección, Art. 2º. |
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1999 |
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Resolución 464 de 1999 Departamento Administrativo de Bienestar Social
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Se conforman los Grupos Internos de Trabajo en el Departamento Administrativo de Bienestar Social – DABS, señalamiento de funciones, art. 1. Gerentes, funciones, art. 2. Vigencia, art. 3. |
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2001 |
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Resolución 828 de 2001 Departamento Administrativo de Bienestar Social
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Se delega una función a los Gerentes de los Centros Operativos Locales del DABS, para la celebración de contratos, con limitación y exclusiva para la gestión contractual, art.1. Exceptúa la delegación para la celebración de Convenios Interadministrativos, art.2. |
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2002 |
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Resolución 403 de 2002 Departamento Administrativo de Bienestar Social
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Se modifica el art.2 de la Resolución 828, Delega en los Gerentes/tas de los Centros Operativos Locales, la celebración de convenios Interadministrativos e Interinstitucionales, art.1.Vigencia, art.3. |
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2005 |
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Resolución 1451 de 2005 Departamento Administrativo de Bienestar Social
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Delega en los Gerentes COL la facultad para decidir sobre el ingreso, traslado de submodalidad, cambio de modalidad o proyecto y egreso de adultos mayores en el proyecto 7217, en la respectiva localidad, acogiéndose a los procesos técnicos y administrativos establecidos y reglamentados por el Manual de Procedimientos del Proyecto. Señala que Corresponde a la Gerencia de Atención a la Población Adulta y Vejez, coordinar, verificar y evaluar la operación del proyecto, así como mantener información consolidada sobre la ejecución del mismo y remitirla a las dependencias, entidades o personas que la requieran y así mismo, le corresponderá la coordinación de los procedimientos y de la articulación del Departamento en relación con el Programa de Protección Social al Adulto Mayor del Ministerio de la Protección Social, a través del administrador fiduciario que opere el programa. |
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2006 |
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Resolución 484 de 2006 Departamento Administrativo de Bienestar Social
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Aclara la Resolución del DABS 1451 de 2005, por la cual se delega en los Gerentes COL la facultad para decidir sobre el ingreso, traslado de submodalidad, cambio de modalidad o proyecto y egreso de adultos mayores en el proyecto 7217, en la respectiva localidad, acogiéndose a los procesos técnicos y administrativos establecidos y reglamentados por el Manual de Procedimientos del Proyecto, en el sentido de precisar que la delegación efectuada, comprende los subsidios que deban otorgarse a las personas mayores con cargo a los recursos de los Fondos de Desarrollo Local, de conformidad con los programas, subprogramas y proyectos del Plan de Desarrollo Local. Determina que la asignación de los cupos se realizará por los gerentes COL, en los términos de la Resolución enunciada |
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Centros Operativos Locales - COL
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